Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP1704-2018 de 25 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 735977045

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP1704-2018 de 25 de Abril de 2018

Número de expediente48838
Fecha25 Abril 2018
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

P.S.C.

Magistrada ponente

AP1704-2018

Radicación n° 48838

(Aprobado Acta n° 127)

Bogotá D.C., veinticinco (25) de abril de dos mil dieciocho (2018)

Con el fin de verificar si reúne los requisitos formales que condicionan su admisión, bajo la ritualidad de la Ley 906 de 2004, la Sala examina la demanda de casación presentada por el defensor de ALQUIMINIO TINJACÁ GUERRERO en contra del fallo proferido el 20 de junio de 2016 por el Tribunal Superior de Villavicencio, que confirmó la sentencia condenatoria emitida el 19 de agosto de 2014 por el Juzgado Primero Penal del Circuito de esa ciudad.

HECHOS

El 15 de septiembre de 2011 ALQUIMINIO TINJACÁ GUERRERO portaba “un arma de fuego marca Smith & Wesson calibre 9 mm” y un proveedor con 12 cartuchos, sin contar con la respectiva autorización. Los hechos ocurrieron en un establecimiento abierto al público, ubicado en la ciudad de Villavicencio (Meta).

ACTUACIÓN RELEVANTE

El 16 de septiembre de 2011 la Fiscalía le formuló imputación a TINCAJÁ GUERRERO por el delito de fabricación, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, previsto en el artículo 365 del Código Penal. El procesado se allanó a los cargos.

Una vez agotados los trámites previstos para esta forma de terminación anticipada de la actuación penal, el 19 de agosto de 2014 el Juzgado Primero Penal del Circuito de Villavicencio lo condenó a las penas de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 94 meses, tras hallarlo penalmente responsable del delito objeto de acusación. Consideró improcedentes la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

Al resolver el recurso de apelación interpuesto por la defensa, el Tribunal Superior de Villavicencio confirmó la condena, en proveído del 20 de junio de 2016, que fue objeto del recurso de casación interpuesto por el mismo sujeto procesal.

LA DEMANDA DE CASACIÓN

Bajo la égida de la causal de casación prevista en el artículo 181, numeral primero, de la Ley 906 de 2004, el censor plantea que los juzgadores violaron directamente la ley sustancial “por exclusión evidente (sentido de la violación) del artículo 32, numeral cuarto, del Código Penal, y del artículo 307 medidas de aseguramiento literal b no privativas de la libertad” (sic).

En un escrito de difícil intelección, aborda los siguientes temas: (i) el...

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