Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC5303-2018 de 25 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 735977741

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC5303-2018 de 25 de Abril de 2018

Fecha25 Abril 2018
Número de expedienteT 1100102030002018-00935-00
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

O.A.T. DUQUE

Magistrado ponente

STC5303-2018

Radicación n.º 11001-02-03-000-2018-00935-00 (Aprobado en Sala de veinticinco de abril dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., veinticinco (25) de abril de dos mil dieciocho (2018).

Decide la Corte la tutela promovida por M.A.C.B. contra la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, extensiva al Juzgado Cincuenta y Uno Civil del Circuito de esta ciudad y los intervinientes del juicio radicado bajo el número 11001-31-03-041-2010-00751-00.

ANTECEDENTES
  1. Obrando por intermedio de apoderado, el impulsor aseveró que le fueron vulnerados el acceso a la administración de justicia, recurso efectivo, debido proceso y doble instancia, y en tal razón pidió «declarar sin valor ni efecto jurídico la providencia pronunciada en la audiencia calendada 8 de febrero de 2018, por la Sala Séptima de Decisión Civil, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, al decretar desierto el recurso de apelación interpuesto por el accionante (…) que en breve término, la Sala de Decisión Civil que siga en turno, conozca y resuelva la censura interpuesta y sustentada por el apelante (…)», en la simulación y nulidad absoluta de la escritura nº 4237 de 2003 contentiva de la liquidación, partición y adjudicación de la herencia de la causante C.B.P..

    Adujo en suma que actuó en calidad de heredero universal de su progenitora y por ello incoó en el año 2010 contra su tío E.B.P. el litigio citado; contra el numeral segundo de la determinación proferida en primer grado en la que se negaron las pretensiones interpuso apelación, que fue concedida, admitida y se fijó fecha para audiencia de sustentación y fallo (8 feb. 2018); en ella el Magistrado que la presidió expuso «Quiero informarles a los señores apoderados, que la Sala Séptima de Decisión, en relación a este proceso conoce sus antecedentes: demanda, contestación, la etapa probatoria, las alegaciones, la audiencia y la sentencia, y los reparos concretos que se hicieron en su oportunidad, razón por la cual no es necesario ni para ustedes ni para nosotros, volver sobre esos temas. Entonces vamos a ser muy precisos. De acuerdo con el Código General del Proceso esta audiencia es para sustentar los reparos concretos que la parte recurrente expuso allá, no otros. Aquí no vengan con puntos nuevos sino a sustentar esos reparos concretos …».

    En la intervención del recurrente dijo «la parte demandante y apelante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR