Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº AHC1716-2018 de 27 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 736664053

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº AHC1716-2018 de 27 de Abril de 2018

Fecha27 Abril 2018
Número de expedienteT 5400122130002018-00042-01
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.S.R.

Magistrado ponente

AHC1716-2018

Radicación n° 54001-22-13-000-2018-00042-01

Bogotá D.C., veintisiete (27) de abril de dos mil dieciocho (2018).

Se decide la impugnación que A.M.S.M. formuló a favor de B.I.D.V. contra la providencia proferida el diecisiete de abril de dos mil dieciocho, por la Sala Civil, Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, dentro de la acción constitucional de la referencia.

ANTECEDENTES
  1. La solicitud

    A.M.S.M. pretende le sea concedido el hábeas corpus a favor de su esposo B.I.D.V. por considerar que se ha prolongado ilegalmente la restricción de su libertad por cuanto se encuentra detenido en la Estación de Policía A.L. de Cúcuta pese a que el Juzgado 8 Penal Municipal de Control de Garantías de esa ciudad, le concedió la medida de aseguramiento de detención preventiva en su residencia.

    Pretende en consecuencia que «se sirva ordenar a las entidades accionadas a que de manera inmediata proceda a trasladar a mi esposo a su lugar de residencia donde el JUEZ DE CONTROL DE GARANTÍAS le concedió el beneficio de detención domiciliaria.» [Folio 2, c.1]

  2. Los hechos

    1. El 4 de abril de 2018, el accionante y S.Y.M. fueron capturados en la ciudad de Cúcuta por efectivos de la policía cuando se transportaban en una motocicleta marca Yamaha, placas CDF51 y a quienes se les encontró un arma de fuego de fabricación industrial, tipo pistola, calibre 9 m.m., marca S.W., niquelada, con número de serial alterado y un proveedor con cuatro cartuchos.

    2. El Juzgado Octavo Penal Municipal con Funciones de Garantías de esa ciudad adelantó la audiencia concentrada, donde se legalizó la captura de los detenidos y le fueron imputados cargos por el presunto delito de fabricación, tráfico o porte de armas de fuego. El actor aceptó cargos.

    3. En la misma diligencia, se le impuso al accionante medida de aseguramiento de detención domiciliaria, la cual se fijó en la calle 6 No. 12-38, Barrio Loma de Bolívar de esa urbe, previa suscripción de la diligencia de compromiso.

      Así mismo, se dispuso la remisión de la actuación al Centro de Servicios Judiciales para someterlo a reparto ante los jueces penales de conocimiento.

    4. El traslado del procesado a su domicilio se encuentra en trámite por parte de los efectivos de la policía y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC para la respectiva vigilancia domiciliaria.

    5. El 6 de abril, se asignó el conocimiento de la actuación al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Cúcuta para la emisión de la sentencia.

    6. En la misma fecha, la esposa del detenido interpuso acción pública de habeas corpus a su favor por considerar que se encuentra privado de la libertad ilegalmente por cuanto no se ha hecho efectivo el traslado a su residencia.

    7. El trámite le correspondió a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander, autoridad que en sentencia del mismo día negó la acción tras considerar que el actor no se encuentra ilegalmente detenido ni se ha prolongado indebidamente su libertad toda vez que «no se le otorgó la libertad, sino que se ordenó una medida privativa de su libertad por el presunto punible de fabricación, tráfico o porte de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, decisión que se encuentra en firme, frente a la cual no se interpuso recurso alguno.» .

      Así mismo, requirió al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC «a fin que adelante los trámites administrativos pertinentes para dar cumplimiento a lo ordenado por el Juez 8 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cúcuta en audiencia de abril 3 de 2018…..» [Folios...

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