Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5842-2018 de 3 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 737614385

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5842-2018 de 3 de Mayo de 2018

Fecha03 Mayo 2018
Número de expedienteT 97961
MateriaDerecho Penal

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Magistrado Ponente

STP5842-2018

Radicación n° 97961

Acta 137

Bogotá, D.C., tres (3) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

Decidir la impugnación presentada por E.R.B., respecto del fallo proferido el 20 de febrero del año en curso por la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto, a través del cual declaró improcedente la acción de tutela promovida contra los Juzgados Segundo Penal del Circuito de dicha ciudad y Promiscuo Municipal de El Tambo, N., y la Alcaldía Municipal de esta última localidad, por la presunta violación de los derechos fundamentales al debido proceso, petición y mínimo vital.

LA DEMANDA

Los hechos que sustentan la petición de amparo los compendió el Tribunal en los siguientes términos:

“Manifestó la accionante que el día 8 de marzo de 2014 solicitó ante la Alcaldía de El Tambo (N) la sustitución pensional, en calidad de hermana dependiente del causante G.R.B., frente a lo cual dicha Alcaldía no dio respuesta a su petición, por lo cual recurrió a instaurar acción de tutela el día 16 de octubre de 2017 ante el Juzgado Promiscuo Municipal de El Tambo (N) en contra de la Alcaldía de ese municipio, solicitando se le tutelen sus derechos fundamentales de petición y mínimo vital, y además se ordene al ente accionado que en el término de 48 horas realice las gestiones inmediatas para que se le otorgue la sustitución pensional y demás valores no reconocidos, con retroactividad de tres años a partir de su reclamación.

Indicó que la decisión de primera instancia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de El Tambo (N) el día 27 de octubre de 2017, resolvió no conceder la tutela para la protección de los derechos fundamentales de petición y del mínimo vital, precisando que respecto del primero resulta el amparo improcedente en aplicación a la teoría del hecho superado, ya que la Alcaldía accionada contestó el derecho de petición incoado por la actora dentro del trámite tutelar; y en lo referente al derecho al mínimo vital el J. consideró que no se advertía vulneración alguna.

Por lo anterior decidió impugnar la decisión de primera instancia, considerando que al no tutelarle sus derechos fundamentales al mínimo vital, a la igualdad y sobre todo al debido proceso, se la mantiene en un estado de vulnerabilidad, ya que según ella la accionada emitió una respuesta sin una debida motivación desconociendo una serie de pruebas y elementos que avalan su derecho a sustituir la pensión del causante, además refirió que el declarar como hecho superado la actuación de ella, a través de una respuesta tardía sin fundamentales, es premiar la omisión de la accionada a su solicitud.

Arguyó que la impugnación le correspondió por reparto al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Pasto (N), el cual resolvió confirmar en su totalidad la decisión de primera instancia, por considerar que se resolvió de fondo la pretensión de la demandante en lo referente al derecho de petición; y en cuanto a la vulneración del derecho al mínimo vital, indicó que no hay constancia idónea que demuestre que cumple con los requisitos para el acceso a la pensión de sobrevivientes, por lo cual consideró que no se advierte vulneración de dicha garantía fundamental.

Por lo anterior, la señora E.D.C.R. interpuso la presente demanda de amparo constitucional con la cual pretende se decrete la nulidad de los fallos de primera instancia y de segunda instancia dentro de la acción de tutela No. 2017-0256-00, se tutelen sus derechos fundamentales de petición, mínimo vital, debido proceso y demás derechos que se encuentren afectados, y se ordene a la Alcaldía de El Tambo (N) que en el término de 48 horas realice las gestiones inmediatas para que se le otorgue a su favor la sustitución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR