Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC5665-2018 de 3 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 737614869

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC5665-2018 de 3 de Mayo de 2018

Número de expedienteT 5000122130002018-00054-01
Fecha03 Mayo 2018
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.S.R.

Magistrado ponente

STC5665-2018

Radicación n.° 50001-22-13-000-2018-00054-01

(Aprobado en sesión de dos de mayo de dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., tres (3) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

Decide la corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el catorce de marzo de dos mil dieciocho por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Villavicencio en la acción de tutela que Inversiones Agropunto La Finca SAS promovió contra los Juzgados Quinto Civil del Circuito y Séptimo Civil Municipal de la mencionada ciudad.

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    En el libelo introductorio de la presente acción, la entidad accionante solicitó la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa, contradicción y administración de justicia, los cuales estima vulnerados por la autoridad juncial accionada, quien bajo una indebida valoración probatoria, ordenó seguir adelante la ejecución que en su contra se adelantó.

    Pretende, en consecuencia, que se deje sin efecto la sentencia que en el referido juicio se emitió en segunda instancia y en su lugar se declare la terminación del cobro.

  2. Los hechos

    1. Impulsores Internacionales SAS promovió demanda ejecutiva en contra de la entidad accionante con el fin de lograr el pago de $57.028.613 de pesos contentivos en el pagaré N° 2599, los cuales serían cancelados el 28 de mayo de 2013.

    2. El conocimiento del asunto correspondió al Juzgado Séptimo Civil Municipal de Villavicencio, quien en auto de 7 de abril de 2015 libró mandamiento de pago y dispuso la notificación de la ejecutada.

    3. Dentro de la oportunidad pertinente, la obligada formuló las excepciones que denominó «ilegitimidad del demandante, falta de legitimación en la causa por pasiva, inexistencia de la obligación por violación de la Carta de instrucciones, prescripción y la derribada del negocio jurídico que dio origen a la creación del título.»

      Frente a la última excepción, advirtió que de acuerdo con la carta de instrucciones del pagaré, éste solamente sería diligenciado en caso de que no se cancelaran los pedidos de los insumos que la ejecutante comercializaba. Afirma que desde la creación de la empresa, no se ha hecho el primer pedido, por lo que no existe ninguna razón para la ejecución que en su contra se adelanta.

    4. Agotado el procedimiento pertinente, el 26 de julio de 2017 se emitió sentencia en la que se ordenó seguir adelante la ejecución, únicamente por $6’628.613. Al respecto, estimó que el título allegado era de carácter complejo, y si bien al presentar la demanda no se complementó como debía ser, lo cierto es que en el debate probatorio se estableció que de él hacían parte dos facturas de compraventa, una de ellas carente de los requisitos que la ley exige para tenerla como tal.

    5. Inconformes con lo anterior, ambas partes presentaron recurso de apelación. La ejecutante manifestó que el pagaré aportado como base de recaudo es totalmente independiente y cumple con las exigencias de la ley comercial, en tanto la ejecutada solicitó que se estudiara la excepción de prescripción planteada.

    6. En fallo de 22 de enero de 2018 le Juzgado Quinto Civil del Circuito de Villavicencio emitió sentencia, en la que revocó la de primer grado y ordenó seguir adelante la...

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