Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP6327-2018 de 7 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 737615529

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP6327-2018 de 7 de Mayo de 2018

Número de expedienteT 98268
Fecha07 Mayo 2018
MateriaDerecho Penal

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Magistrado Ponente

STP6327-2018

Radicación n° 98268

Acta 140

Bogotá, D.C., siete (7) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

La Sala se pronuncia sobre la demanda de tutela instaurada por I.F.L.M. como apoderado de J.A.C.F., J.D.O.O., J.A.G.L., Y.C. Posada y O.A.P., en contra de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y libertad, trámite al que se dispuso la vinculación del Juzgado 31 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá y a las partes e intervinientes dentro del proceso radicado bajo el N°110016000013201118260.

1. ANTECEDENTES
  1. Relata el apoderado de los accionantes que mediante sentencia proferida por el Juzgado 31 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, el 30 de enero de 2014 fueron condenados a la pena principal de setenta (70) meses de prisión y multa de setenta (70) S.M.L.M.V, al ser hallados responsables de los delitos de utilización ilegal de uniformes e insignias, en concurso con constreñimiento ilegal.

  2. Señala que una vez impuesta la pena y con el lleno de los requisitos se les concedió la libertad condicional y les impusieron un periodo de prueba de veinticinco (25) meses y caución prendaria de 1 S.M.L.M.V., “el cual cumplieron a cabalidad hace aproximadamente 1 año, razón por la cual solicitaron al Tribunal la extinción de la pena, la cual no les fue concedida, pues ni siquiera contestaron las peticiones.”

  3. Agrega que la pena impuesta por el juzgado fue impugnada por la Fiscalía, el representante de las víctimas y la defensa de los condenados –aquí accionantes- y revocada el 5 de febrero de 2018 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, para en su lugar imponer la pena de quinientos setenta (570) meses de prisión y multa de 32.141,1 S.M.L.M.V., y el 15 de febrero último se ordenó la expedición de las órdenes de captura.

  4. Informa que el pasado 1º de marzo fue capturado en el Municipio de Orito Departamento del Putumayo el señor J.A.G.L..

  5. Estima que la decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá vulnera las garantías al debido proceso y libertad que “ampliamente habían recobrado mis defendidos”, pues si bien se encontraba pendiente de resolver la apelación contra la sentencia proferida por el juez 31 Penal del Circuito, el ad quem no debió esperar a que se superase el término de la pena impuesta por el a quo, porque ello atenta contra la seguridad jurídica que debe...

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