Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP6260-2018 de 10 de Mayo de 2018
Fecha | 10 Mayo 2018 |
Número de expediente | T 98103 |
Materia | Derecho Penal |
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado ponente
STP6260-2018
Radicación n.° 98103
Acta 148
Bogotá, D.C., diez (10) de mayo de dos mil dieciocho (2018).
ASUNTO
Se resuelve la impugnación presentada por O.R.G.S. frente al fallo emitido el 13 de marzo de 2018, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta mediante la cual negó la tutela interpuesta contra el Juzgado 1º Penal del Circuito Especializado de esa ciudad, por la presunta vulneración de su derecho al debido proceso.
Al presente trámite fueron vinculados la Juez Coordinadora, el Secretario del Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, así como el despacho 5º de esa misma especialidad, todos de la capital de Norte de Santander.
Hechos y fundamentos de la acción
Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:
El señor O.R.G.S. interpuso acción de tutela contra las autoridades judiciales aludidas para que se le proteja el referido derecho constitucional, con base en los siguientes hechos:
-
Se encuentra privado de la libertad en el Establecimiento Penitenciario de Cúcuta purgando una pena de ciento cuatro (104)
meses de prisión, dentro del proceso con radicado 2011-00107, la
cual vigila el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas de Cúcuta.
-
El 12 de noviembre de 2016, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de B., con función de conocimiento, lo absolvió en las diligencias con radicado 2009-00242, adelantadas en su contra por los delitos de concierto para delinquir agravado, homicidio agravado y otros, sentencia que apeló el ente fiscal, por lo que se encuentra en trámite en la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga.
-
Finalmente, señala que pese a que ya hay una sentencia absolutoria, dicho juzgado no le ha dado el paz y salvo por el referido proceso, el cual requiere para poder recobrar su libertad, toda vez que le falta poco tiempo para cumplir la condena por la cual se encuentra detenido, sin quedar con requerimiento alguno por parte de otras autoridades judiciales.
En virtud de lo anterior, solicita se ampare su derecho fundamental y, en consecuencia, se ordene al juzgado accionado concederle el paz y salvo del proceso bajo radicado 2009-00242[1].
LA SENTENCIA IMPUGNADA
La Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta negó el amparo, al sostener que no logró acreditarse la vulneración del derecho reclamado por el actor, pues no...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba