Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC6060-2018 de 10 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 737617761

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC6060-2018 de 10 de Mayo de 2018

Fecha10 Mayo 2018
Número de expedienteT 1100102030002018-01140-00
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.S.R.

Magistrado ponente

STC6060-2018

Radicación n. 11001-02-03-000-2018-01140-00

(Aprobado en sesión de nueve de mayo de dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., diez (10) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

La Corte decide la acción de tutela que J.E.A.I. promueve contra la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Manizales y el Juzgado Civil del Circuito de Riosucio, trámite al que se ordenó vincular a las autoridades judiciales, partes e intervinientes en el proceso objeto de la queja constitucional.

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    El ciudadano solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso e igualdad, los cuales considera vulnerados por las autoridades judiciales accionadas, quienes dispusieron la acumulación de dos acciones populares, pese a que, en su criterio, no se cumplen los presupuestos que la ley establece para el efecto.

    Pretende, en consecuencia, que se deje sin efecto la acumulación ordenada, y en consecuencia se ordene fallar de manera separada las demandas que presentó.

  2. Los hechos

    1. Con el fin de lograr el acceso de manera segura de aquellos que se movilizan en silla de ruedas, el tutelante presentó dos acciones populares, la primera contra las oficinas de Cooprocal ubicadas en Riosucio (2017-00111), y la segunda contra la misma institución, pero con sede en Supía – Caldas (2017-00112).

    2. El conocimiento del asunto correspondió al Juzgado Civil del Circuito de Riosucio, que en auto de 20 de junio de 2017 dispuso su admisión, y al advertir la similitud de pretensiones y que esas se enfilaban contra la misma entidad, dispuso su acumulación.

    3. Contra la anterior decisión, el accionante presentó recurso de reposición y en subsidio apelación, manifestando que las demandas no fueron dirigidas contra la misma persona jurídica por cuanto aquellas no se encuentran en el mismo lugar.

    4. En auto de 29 de junio de 2017 el juzgado accionado resolvió desfavorablemente el recurso de reposición, y se abstuvo de conceder el de apelación.

    5. Reiterando la improcedencia de la acumulación, el demandante presentó acción de tutela.

    6. El Tribunal de Manizales, en fallo de 31 de julio de 2017, denegó la protección constitucional reclamada, decisión que posteriormente fue confirmada por esta Corporación, en sentencia de 28 de septiembre de 2017.

    7. Una vez se agotó el procedimiento legalmente establecido, el 6 de diciembre de 2017 se emitió sentencia en el trámite popular, ocasión en la que se declaró que la demandada incurrió en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR