Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP2111-2018 de 24 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 737730749

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP2111-2018 de 24 de Mayo de 2018

Fecha24 Mayo 2018
Número de expediente49385
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

P.S.C.

Magistrada ponente

AP2111-2018

Radicación n° 49385

(Aprobado Acta n° 162)

Bogotá D.C., veinticuatro (24) de mayo de dos mil dieciocho (2018)

Con el fin de verificar si reúne los requisitos formales que condicionan su admisión, bajo la ritualidad de la Ley 906 de 2004, la Sala examina la demanda de casación presentada por el defensor de W.A.B.Á. en contra del fallo proferido el dos de septiembre de 2016 por el Tribunal Superior de Bogotá, que confirmó la condena emitida el 26 de abril del mismo año por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de esta ciudad.

HECHOS

El 22 de julio de 2012, en horas de la madrugada, W.A.B.Á. y otros integrantes de una organización delincuencial retuvieron a A.S.N. y a D.K. cuando estos se transportaban en el taxi conducido por uno de ellos. Bajo amenazas los despojaron de sus pertenencias y sacaron de la cuenta bancaria de la señora Sarmiento la suma de cuatrocientos mil pesos en efectivo. Los hechos ocurrieron en esta ciudad, luego de que las víctimas abordaran el vehículo de servicio público en el sector conocido como “Zona T”.

ACTUACIÓN RELEVANTE

El 20 de septiembre de 2013 la Fiscalía le formuló imputación a B.Á. por los delitos de secuestro extorsivo agravado (Art. 170.6 del Código Penal) y hurto calificado por la violencia sobre las personas y agravado por la coparticipación (Arts. 239, 240 y 241 ídem). El 17 de febrero de 2014 lo acusó bajo los mismos presupuestos fáctico y jurídico.

Una vez agotados los trámites previstos en la Ley 906 de 2004, el Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá lo condenó a las penas de 480 meses de prisión, multa equivalente a nueve mil salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 20 años. Consideró improcedentes la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

El recurso de apelación interpuesto por la defensa activó la competencia del Tribunal Superior de esta ciudad, que confirmó la condena, aunque redujo a 468 meses la pena de prisión. Lo anterior, mediante proveído del dos se septiembre de 2016, que fue objeto del recurso de casación impetrado por el mismo sujeto procesal.

LA DEMANDA DE CASACIÓN

El censor incluyó dos cargos en su demanda.

En el primero, que orientó por la causal prevista en el artículo 181, numeral segundo, de la Ley 906 de 2004, planteó que se violaron los principios de concentración e inmediación, pues en el juicio intervinieron tres jueces y quien tuvo a cargo la emisión de la sentencia no presenció la práctica probatoria. Por tanto, solicita la anulación de todo el juicio oral, para que sea repetido con respeto del debido proceso.

En el segundo, bajo la égida de la causal consagrada en el numeral 3º ídem, alega que la sentencia está basada exclusivamente en prueba de referencia, lo que se traduce en un error...

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