Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP7142-2018 de 29 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 737731789

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP7142-2018 de 29 de Mayo de 2018

Número de expedienteT 98355
Fecha29 Mayo 2018
MateriaDerecho Penal

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente

STP7142-2018

Radicación nº 98355

(Aprobado en Acta nº 170)

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

Procede la Sala a pronunciarse acerca de la impugnación interpuesta por el accionante O.H.L.T., respecto de la decisión adoptada el 6 de abril de 2018, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por cuyo medio le negó el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y libertad, presuntamente vulnerados por el Juzgado 12 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad y el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas.

FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA

Informa la accionante que el Juzgado 12 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, actualmente le vigila la pena de prisión que le fue impuesta como autor del delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce años, ante el cual requirió la libertad condicional, siéndole negada el 7 de diciembre de 2017.

Refiere que una vez fue notificado de tal negativa, interpuso recurso de reposición y en subsidio el de apelación, sin que a la fecha de presentación de la demanda se haya decidido al respecto, ni enviado el expediente al Tribunal para que surta la alzada, lo cual lesiona sus derechos fundamentales, imperando la intervención constitucional.

En consecuencia, solicita que le sea enviada la actuación al Tribunal Superior para que decida lo pertinente.

TRÁMITE DE LA ACCIÓN

Avocado el conocimiento del asunto, el Tribunal ordenó correr traslado a las autoridades accionadas para que ejercieran el derecho de contradicción.

En respuesta, el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas de Bogotá indicó que revisado el sistema de información se aprecia que, en efecto, el 7 de diciembre de 2017 le fue negada la libertad condicional al actor, notificada personalmente en el establecimiento de reclusión; así mismo, que mediante proveído de 13 de febrero de 2018 fue desfavorable el recurso de reposición y concedido el de apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, por lo que se procedió a correr los traslados de que trata el artículo 189 y 194 de la Ley 600 de 2000, vencidos el 27 de febrero de este año, siendo remitidas las diligencias al Tribunal el 22 de marzo siguiente, mediante Oficio No. 1582.

Por ello...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR