Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº AL3283-2018 de 1 de Agosto de 2018
Fecha | 01 Agosto 2018 |
Número de expediente | 79286 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
L.G.M.B.
Magistrado ponente
AL3283-2018
Radicación n.° 79286
Acta 28
Bogotá, D.C., primero (1) de agosto de dos mil dieciocho (2018).
ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P. (ELECTRICARIBE S.A. E.S.P.) vs. J.M.D. REINO.
Se reconoce personería al doctor Segundo G.H.H., con tarjeta profesional n.° 57.012 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado sustituto de J.M.D.R., en los términos y para los efectos del memorial de sustitución conferido.
Una vez examinado el expediente se advierte por la Corte que se ha incurrido en el error de tener por recurrente en casación al demandante en las instancias J.M.D.R., no obstante que quien funge como tal lo es la E. delC.S.A.E.S.P. (ElectricaribeS.A.E.S.P.), pues fue quien interpuso el recurso extraordinario, a quien se le concedió por el Tribunal y a quien se le debió haber admitido mediante auto del 7 de marzo del corriente año.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 286 del Código General del Proceso, aplicable a los procesos del trabajo por la remisión de que trata el artículo 145 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, se corregirán los cambios de palabras anotados en aras de preservar el derecho de defensa de las partes y mantener el debido proceso.
En consecuencia, se corregirá el auto anotado, en el sentido de tener por recurrente a la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. (Electricaribe S.A. E.S.P.), a quien se le correrá el traslado correspondiente para que presente la demanda de casación, asimismo se ordenará corregir el acta de reparto, la caratula y el Sistema de Gestión siglo XXI, en el sentido indicado.
Por otra parte, el apoderado de la parte demandante. Solicita, además, que se «corrija la radicación del proceso», de acuerdo con lo anterior, se examinó el sistema de consulta y se observa que el radicado 79286 efectivamente fue asignado a dos procesos ordinarios pertenecientes a la Sala de Casación Laboral, por lo anterior, se ordenará a la Secretaría que modifique el radicado interno del presente proceso para evitar que se presenten confusiones tanto para los funcionarios de la Corporación como para...
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