Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº SP3083-2018 de 1 de Agosto de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 739691821

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº SP3083-2018 de 1 de Agosto de 2018

Número de expediente50417
Fecha01 Agosto 2018
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

F.A.C. CABALLERO

Magistrado ponente

SP3083-2018

Radicación No. 50417

(Aprobado Acta No. 253)

Bogotá, D.C., primero (1º) de agosto de dos mil dieciocho (2018).

La Sala procede a examinar oficiosamente la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Bucaramanga, que confirmó la condena proferida por el Juzgado Tercero Penal de Circuito con Función de Conocimiento de Barrancabermeja, mediante la cual condenó a CARLOS SANTAMARÍA por el delito de actos sexuales abusivos con menor de catorce años, en concurso homogéneo sucesivo.

HECHOS Y ANTECEDENTES PROCESALES

Fueron reseñados por la Sala, así:

El 6 de enero de 2013, M.S.M., madre de Y.K.S.M. de 8 años de edad, descubrió a su compañero marital, C.S., en el baño donde estaba la niña, lo que motivó que ésta hiciera revelaciones de abuso sexual, situación de la cual se enteró su padre J.S.R. quien denunció ante la Comisaría de Familia de Sabana de Torres (Santander), tras lo cual se conoció, por los relatos de la víctima, que el hombre que cohabitaba con su mamá, en repetidas ocasiones le tocaba los senos, la vagina, la besaba en la boca y hacía que ella le manipulara el pene con su mano, lo que sucedía cuando quedaban a solas en la casa ubicada en la carrera 11 N° 18-20 del referido municipio.

El 21 de febrero de 2013, la Fiscalía le formuló imputación al procesado y ante el Juzgado Tercero Penal de Circuito con Función de Conocimiento de Barrancabermeja, el 12 de junio de 2013 se llevó a cabo la audiencia en la que lo acusó como autor del delito de actos sexuales abusivos con menor de catorce años agravado, en concurso homogéneo sucesivo (artículos 209 y 211, numeral 2°, del Código Penal). En sesiones del 26 de mayo y del 13 de junio de 2014 se realizó la audiencia preparatoria; y el juicio oral se desarrolló entre el 27 de agosto siguiente y el 20 de abril de 2016, fecha en la cual se anunció el sentido condenatorio del fallo.

El 18 de octubre de 2016 el juzgado dictó la sentencia, imponiendo al acusado la pena principal de 236 meses de prisión, la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas y le negó la prisión domiciliaria y la suspensión condicional de la ejecución de la condena.

El defensor del procesado impugnó el fallo de primera instancia y el Tribunal Superior de Bucaramanga lo confirmó integralmente en sentencia del 6 de marzo de 2017, contra la cual el mismo sujeto procesal interpuso el recurso de casación y presentó el libelo de sustentación, el cual se inadmitió por la Corte mediante providencia del 23 mayo de este año.

No obstante la inadmisión de la demanda, la Corte dispuso que ante una posible vulneración de garantías del acusado, respecto a la motivación suficiente de la pena impuesta, una vez se agotara el trámite correspondiente al mecanismo de insistencia, el proceso retornara al Despacho del Magistrado Ponente para hacer el pronunciamiento de fondo.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

Previamente al asunto de fondo, la Corte recuerda el criterio que se adoptó en decisión CSJ AP, 23 ago. 2008, rad. 28059, en la cual se dijo:

Es de anotar que no se dispone la...

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