Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP1555-2018 de 2 de Agosto de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 739692497

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP1555-2018 de 2 de Agosto de 2018

Fecha02 Agosto 2018
Número de expedienteT 99833
MateriaDerecho Penal

F.A.C. CABALLERO

MAGISTRADO PONENTE

ATP1555-2018

Radicación No. 99833

Acta No. 254

Bogotá D. C., agosto dos (02) de dos mil dieciocho (2018).

1. VISTOS

Sería del caso que la Sala se pronunciara sobre la acción de tutela interpuesta por el ciudadano J.A.M.G., en procura de amparo para el derecho fundamental al debido proceso, de no ser porque se advierte que la competencia para conocer de la demanda corresponde a la Sala de Casación Civil de esta Corporación.

  1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

  2. De la información que reposa en la presente actuación se pudo establecer que el 27 de noviembre de 2014, ante el Juzgado 8º Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cúcuta se adelantaron, entre otras, la audiencia preliminar de formulación de imputación por los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años y pornografía con persona menores de 18 años, contra J.A.M.G..

  3. Presentado el respectivo escrito de acusación, el asunto fue asignado por reparto al Juzgado Promiscuo del Circuito de Los Patios de esa ciudad, autoridad judicial que previo el agotamiento del procedimiento establecido en la Ley 906 de 2004, mediante fallo dictado el 24 de enero de 2017 condenó al procesado a la pena principal de 204 meses de prisión al ser encontrado autor responsable de las conductas punibles referenciadas.

  4. Al pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por el defensor del procesado, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cúcuta el 28 de julio de esa misma anualidad confirmó el fallo recurrido.

  5. Si bien, contra la sentencia de segunda instancia se interpuso el recurso extraordinario de casación, también lo es que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en proveído fechado 04 de abril de 2018, decidió inadmitir la demanda -Radicación No. 51350-. No sin antes señalar que:

    “…dado que la demanda presentada por el apoderado no supera mínimos argumentales necesarios para entender el confuso cargo que se plantea carente de soporte fáctico, jurídico y probatorio, se impone ineludible su inadmisión, como quiera que la Corte no advierte en el trámite procesal o el contenido de los fallos alguna irregularidad trascendente que afecte derechos de las partes y obligue su intervención oficiosa”.

  6. Como quiera que el ciudadano J.A.M.G. no está de acuerdo con la valoración probatoria efectuada por los falladores de primera y segunda instancia en el...

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