Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP1725-2018 de 30 de Agosto de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 739708209

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP1725-2018 de 30 de Agosto de 2018

Fecha30 Agosto 2018
Número de expedienteT 100379
MateriaDerecho Penal

F.A.C. CABALLERO

MAGISTRADO PONENTE

ATP1725-2018

Radicación No. 100379

Acta No. 295

Bogotá D. C., agosto treinta (30) de dos mil dieciocho (2018).

1. VISTOS

Sería del caso que la Sala se pronunciara sobre la acción de tutela interpuesta por el ciudadano J.A.G.A., en procura de amparo para los derechos fundamentales al debido proceso, defensa y libertad personal, sino fuera porque se advierte que la competencia para conocer de la demanda corresponde a la Sala de Casación Civil de esta Corporación.

  1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

  2. De la información que reposa en la presente actuación se pudo establecer que el 11 de agosto de 2012, ante el Juzgado 17 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá se adelantaron, entre otras, la audiencia preliminar de formulación de imputación por los delitos de homicidio agravado y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego de defensa personal, contra J.A.G.A. y L.C.H.M..

  3. Presentado el respectivo escrito de acusación, el asunto fue asignado por reparto al Juzgado 18 Penal del Circuito con Función de Conocimiento con sede en esta ciudad, autoridad judicial que previo el agotamiento del procedimiento establecido en la Ley 906 de 2004, mediante fallo dictado el 03 de agosto de 2016 absolvió a los acusados.

  4. Al pronunciarse frente al recurso de apelación interpuesto por el Delegado de la Fiscalía General de la Nación, una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de este Distrito Judicial, el 22 de abril de 2016, resolvió revocar el fallo de primera instancia y, en su lugar, los condenó a la pena 436 meses de prisión y 20 años de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, al ser encontrados autores responsables de las conductas punibles por las cuales fueron convocados a juicio.

  5. Si bien, contra la sentencia de segunda instancia el defensor del procesado J.A.G.A. interpuso el recurso extraordinario de casación, también lo es que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en auto dictado el 31 de enero de 2018, decidió inadmitir la demanda -Radicación No. 50496-. No sin antes señalar que:

    “El sentenciador de segunda instancia, como quedó visto, desestimó la versión según la cual el traslado de J.V.M. al Hospital de K. ocurrió en horas de la tarde del día en que sucedieron los hechos. Por tanto, no resulta atendible que el abogado defensor dé por probado aquello que el Tribunal no...

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