Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP12187-2018 de 19 de Septiembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 741769445

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP12187-2018 de 19 de Septiembre de 2018

Número de expedienteT 100278
Fecha19 Septiembre 2018
MateriaDerecho Penal

F.A.C. CABALLERO

MAGISTRADO PONENTE

STP12187-2018

Radicación No. 100278

Acta No. 333

B.D.C., septiembre diecinueve (19) de dos mil dieciocho (2018).

1. VISTOS

Procede la Sala a resolver la impugnación interpuesta por el ciudadano E.A.H., frente a la sentencia proferida el 23 de julio del año en curso por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, mediante la cual negó por improcedente la acción de tutela incoada contra el Juzgado 5º Penal del Circuito con Función de Conocimiento con sede en esa ciudad, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y defensa.

  1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

  2. De la información que reposa en la presente actuación se pudo establecer que los días 22 y 23 de noviembre de 2016, ante el Juzgado 21 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali, se adelantaron las audiencias preliminares de legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento consistente en detención preventiva contra E.A.H., por el presunto delito de actos sexuales con menor de 14 años. Diligencias todas en la que estuvo asistido por un profesional del derecho.

  3. Presentado el respectivo escrito de acusación, el asunto fue asignado al Juzgado 5º Penal del Circuito con Función de Conocimiento de esa ciudad, autoridad que el 02 de marzo y 15 de junio de 2017 llevó a cabo las audiencias de acusación y preparatoria y, el 25 de agosto de esa misma anualidad dio inicio al juicio oral, el cual culmino el 05 de marzo de 2015, fecha en la que precisó que el sentido del fallo sería condenatorio.

  4. Si bien, se en varias oportunidades se ha programado día para lectura de fallo (20 de abril, 15 de junio y 25 de junio de 2018), no se ha podido realizar debido a los aplazamientos elevados por el defensor de confianza del acusado. Finalmente, se señaló el 03 de agosto del año en curso para evacuar la misma.

  5. Sin desconocer el procedimiento último referenciado, el ciudadano E.A.H. acudió al juez de tutela en procura de amparo para los derechos fundamentales al debido proceso y defensa, si se tenía en cuenta que en proceso que cursaba en su contra “no existe la más mínima certeza de la responsabilidad penal que se me endilga”.

    Agregó, entre otras cosas que “…por presentarse ineficacia de los actos procesales por la derivación de la prueba ilícita y por violación de garantías fundamentales, es que este suscrito interpone esta acción de tutela para que se decrete la nulidad derivada de la prueba ilícita”.

    Con base en lo expuesto, en últimas, pretende se decrete la nulidad de todo lo actuado en su contra y se ordene su liberta inmediata.

  6. TRÁMITE DE LA ACCIÓN:

  7. Una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de este Distrito Judicial de Cali, admitió la demanda de tutela, dispuso comunicar lo pertinente a la autoridad judicial accionada y vinculó a los terceros que pudieran verse afectadas con la decisión que pusiera fin a la petición de amparo elevada por el demandante.

  8. El titular del Juzgado 5º Penal del Circuito con Función de Conocimiento con sede en esa ciudad, luego de hacer referencia a los estadios procesales por los que ha pasado la actuación penal que cursa contra E.A.H. accionante, señaló que el acusado ha gozado siempre de acompañamiento de un defensor de confianza y el curso del juicio lo adelanta atendiendo la aplicación de normas procesales y bajo las garantías constitucionales, “sin que se vulnere el debido proceso, ni el derecho de defensa como lo pregona el accionante”.

  9. SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA:

    Una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en fallo dictado el 23 de julio de 2018, previo el estudio del acervo probatorio y la jurisprudencia nacional que consideró aplicable al caso, resolvió negar el amparo solicitado por considerar que el juez de tutela no podía inmiscuirse en asuntos que el...

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