Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC12131-2018 de 19 de Septiembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 741769849

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC12131-2018 de 19 de Septiembre de 2018

Fecha19 Septiembre 2018
Número de expedienteT 0800122130002018-00272-01
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.W.Q.M.

Magistrado ponente

STC12131-2018

Radicación n.° 08001-22-13-000-2018-00272-01

(Aprobado en sesión de dieciocho de septiembre de dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., diecinueve (19) de septiembre de dos mil dieciocho (2018).

Se decide la impugnación formulada frente a la sentencia de 10 de julio de 2018, proferida por la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior de Barranquilla, dentro de la acción de tutela instaurada por Y.P.D.Z. contra el Juzgado 3° Promiscuo del Circuito de Sabanalarga, actuación a la que fueron vinculados los intervinientes en el trámite objeto de queja constitucional.

ANTECEDENTES

La accionante, a través de apoderada judicial, reclamó la protección de los derechos a la vida, a la seguridad social, al trabajo y a la «estabilidad laboral reforzada en mujer en estado de embarazo», presuntamente vulnerados por la autoridad judicial acusada.

Solicitó, entonces, «revocar la sentencia» proferida el 27 de abril de 2018 por el Juzgado encausado, y en consecuencia, ordenar su «reintegr[o]… a un cargo igual o de mejores condiciones que aquel que desempeñaba hasta el momento de la desvinculación», así como el pago de salarios y prestaciones sociales «derivadas del contrato de trabajo dejados de percibir desde la fecha del despido hasta su reintegro» (folio 9, cuaderno 1).

  1. Son hechos relevantes para la definición del presente asunto, los siguientes:

2.1. Y.P.D.Z. promovió una primera acción de tutela contra la E.S.E. Centro de Salud de Usiacurí «J.M.F.F., al considerar que vulneró sus garantías de primer grado, toda vez que al fenecer el contrato laboral pactado para «prestar el servicio social obligatorio como médico», no le fue prorrogada tal vinculación, pese a que «el 30 de noviembre de 2017… presentó por escrito que tenía seis (6) semanas de embarazo», razón por la que pidió su reintegro, garantizar su estabilidad laboral reforzada, así como el pago de la licencia de maternidad.

2.2. El conocimiento del asunto le correspondió al Juzgado 1º Promiscuo Municipal de Usiacurí, quien con fallo de 12 de marzo de 2018 accedió al amparo suplicado, ordenando a la entidad encausada «reintegrar a la accionante… a un cargo de iguales o mejores condiciones que aquel que desempeñaba hasta el momento de su desvinculación», así como el pago de los salarios, de las prestaciones sociales y de la indemnización por despido sin autorización del Ministerio de Trabajo; determinación impugnada por el Centro de Salud convocado.

2.3. El 27 de abril de 2018, el Juzgado 3° Promiscuo del Circuito de Sabanalarga revocó el fallo impugnado, denegando el resguardo implorado, al considerar, en síntesis, que «no… encontr[ó] probado el nexo de causalidad mediante el cual se pruebe, que la condición… de embarazo de la accionante...

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