Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº AC4106-2018 de 26 de Septiembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 741770785

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº AC4106-2018 de 26 de Septiembre de 2018

Fecha26 Septiembre 2018
Número de expediente11001-31-03-039-2016-00467-01
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

AC4106-2018

Radicación n.° 11001-31-03-039-2016-00467-01

Bogotá, D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil dieciocho (2018).

Se resuelve sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte demandada frente a la sentencia de 22 de febrero de 2018 proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso verbal promovido por la Sociedad Concesionaria Operadora Aeroportuaria Internacional S.A. OPAIN S.A. contra Aerolínea del Caribe S.A. AER Caribe S.A.

ANTECEDENTES
  1. La demandante solicitó se declare la fijación de un nuevo canon de arrendamiento sobre el lote 3 y 4 del inmueble L 119 A localizado en la antigua zona de aviación general del Aeropuerto El Dorado de la ciudad de Bogotá, en consecuencia de lo cual pidió se tuviera como canon mínimo la suma de $135.374.635 e igualmente se ordenara el pago del respectivo retroactivo.

  2. El Juzgado Treinta y Nueve Civil del Circuito de Bogotá, mediante fallo de 17 de noviembre de 2017, declaró imprósperas las excepciones formuladas por la parte demandada y fijó como nuevo canon de arrendamiento la suma invocada en la demanda, la cual debía hacerse efectiva desde el 12 de septiembre de 2016.

  3. El ad quem, mediante determinación de 22 de febrero de 2018, confirmó la sentencia apelada, pero modificó su numeral primero para precisar el nuevo precio mensual del contrato de arrendamiento, esto es, «[a] partir del 12 de septiembre de 2016 y hasta el 12 de junio de 2017, la suma de $65.000.000,oo; a partir de esta última fecha, dicho valor será incrementado en el IPC y se cancelará hasta junio 12 de 2018; a partir de esta fecha, la renta mensual será de $102.000.000,oo siendo claros que ambos rubros deben pagarse junto con el impuesto al valor agregado (IVA), como se pactó en el contrato».

  4. Frente a la determinación del Tribunal, el demandado formuló recurso extraordinario de casación, el cual fue concedido por el Magistrado Sustanciador al estimar que se cumplían los requisitos legales, en particular la cuantía del interés para recurrir, dado que «el sólo retroactivo de las rentas ajustadas alcanza la suma de $1.126.666.667,oo»

CONSIDERACIONES
  1. De la prematura concesión del recurso de casación.

    La naturaleza extraordinaria del recurso de casación exige el cumplimiento de rigurosos requisitos en lo que se refiere a la interposición y concesión, que no pueden ser obviados por quien profiere el fallo atacado, en tanto corresponde comprobar, entre otros aspectos, la oportunidad de su formulación, la...

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