Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP12846-2018 de 27 de Septiembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 741771637

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP12846-2018 de 27 de Septiembre de 2018

Fecha27 Septiembre 2018
Número de expedienteT 100448
MateriaDerecho Penal

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2

L.A.H.B.

Magistrado ponente

STP12846-2018

Radicación 100448

(Aprobado Acta No. 342)

Bogotá D.C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil dieciocho (2018).

VISTOS

Resuelve la Sala el grado jurisdiccional de consulta respecto de la providencia proferida el 29 de agosto de 2018, mediante la cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá sancionó al Brigadier General G.L.G., en su condición de Director de Sanidad del Ejército Nacional, por desacato al fallo de tutela del 28 de noviembre de 2017, que amparó los derechos de J.A.C.V..

ANTECEDENTES RELEVANTES:

  1. En fallo de tutela del 28 de noviembre de 2017, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá amparó los derechos fundamentales a la salud y seguridad social de J.A.C.V..

    En consecuencia, ordenó a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional que en el término de 15 días, contado a partir de la notificación del fallo, realice el examen de retiro al actor. Así mismo, dispuso que dentro del mes siguiente a la práctica de dicho examen, la entidad accionada deberá convocar a la Junta Médico Laboral Militar o de Policía.

    Entre tanto, ordenó que se garantice la vinculación del peticionario al Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares

  2. Por escrito del 28 de mayo de 2018, el accionante comunicó al Tribunal el incumplimiento de los mandatos impartidos. Señaló que si bien el 7 de febrero de 2018 le fueron activados los servicios médicos, no ha sido posible concertar las citas por las especialidades de medicina interna, cardiología, dermatología y otorrinolaringología, situación que, a su vez, ha impedido la práctica de los exámenes requeridos para la realización de la Junta Médico Laboral Militar o de Policía.

  3. Con auto del 29 de mayo de 2018 se requirió al Director de Sanidad del Ejército Nacional para que informara lo pertinente sobre el cumplimiento del fallo de tutela.

  4. Por oficio 20183391167541 del 19 de junio de 2018, el Director de Sanidad del Ejército Nacional afirmó que ya dio cumplimiento al fallo del 28 de noviembre de 2017, en los siguientes términos:

    4.1. El 7 de febrero de 2018 reactivó la afiliación del accionante al Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares.

    4.2. Mediante oficio 20183380981651 del 25 de mayo de 2018 informó a J.A.C.V. que, consultada la base de datos del Sistema Integrado de Medicina Laboral, resulta improcedente autorizar la valoración por las...

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