Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC12800-2018 de 2 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 741772509

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC12800-2018 de 2 de Octubre de 2018

Número de expedienteT 1100102040002018-01550-01
Fecha02 Octubre 2018
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

Á.F.G.R.

Magistrado ponente

STC12800-2018

Radicación n.° 11001-02-04-000-2018-01550-01

(Aprobado en sesión de dos (02) de octubre de dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., dos (02) de octubre de dos mil dieciocho (2018).-

Decide la Corte la impugnación formulada frente al fallo de 16 de agosto de 2018, proferido por la Sala de Casación Penal de esta Corte, dentro de la acción de tutela promovida por Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P., contra la Sala de Casación Laboral de esta Corporación, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Catorce Laboral del Circuito de la misma ciudad, trámite al que fueron vinculadas las partes y los intervinientes del proceso declarativo a que alude el escrito de tutela.

ANTECEDENTES
  1. La sociedad accionante reclama por intermedio de apoderado judicial, la protección constitucional de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa y a la igualdad, presuntamente conculcados por la Sala de Casación accionada, al condenarla a pagar indemnización por despido sin justa causa y pensión sanción, al desatar el recurso extraordinario presentado dentro del proceso declarativo laboral que C.A.V.R. promovió en su contra y de Condensa S.A. E.S.P.

    Por tal motivo, pretende que por esta vía se conceda el resguardo deprecado, ordenando a la Sala Homóloga en lo Laboral de esta Corte, «proferir sentencia [en sede] del recurso extraordinario de casación, por medio de la cual no case la sentencia condenatoria emitida [por la] la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el 30 de mayo de 2008, complementada el 17 de julio de 2009» (fl. 17, cdno. 1).

  2. En apoyo de su reclamo aduce en compendio, que el referido fue adelantado en su contra por C.A.V.R., con el propósito de obtener el «reajuste de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, el reconocimiento de la pensión sanción, indemnización por despido injusto o lucro cesante, indemnización moratoria, indexación, salarios insolutos y dotaciones»; que la primera instancia culminó con sentencia desestimatoria de las pretensiones proferida el 21 de septiembre de 2005 por el Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Bogotá, complementada el 23 de octubre de 2006; no obstante, apelado lo resuelto, la decisión fue revocada parcialmente el 30 de mayo de 2008 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad, para declarar que la terminación del contrato laboral del demandante había sido sin justa causa, y en consecuencia, conceder la indemnización por despido injusto debidamente indexada, y la pensión sanción.

    Señala que junto con Codensa S.A. E.S.P. se interpuso recurso extraordinario de casación frente a la citada decisión, pero debido a la nulidad que «de todo lo actuado» en el proceso declaró el 2 de junio de 2009 la Sala de Casación Laboral, el 21 de julio de ese mismo año la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá aclaró...

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