Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº SL4255-2018 de 3 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 741772765

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº SL4255-2018 de 3 de Octubre de 2018

Fecha03 Octubre 2018
Número de expediente59300
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL

J.P.S.

Magistrado ponente

SL4255-2018

Radicación n.° 59300

Acta 34

Bogotá, D.C., tres (3) de octubre de dos mil dieciocho (2018).

La Sala decide el recurso de casación interpuesto por A.R.M., contra la sentencia proferida por la Sala de Descongestión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., el 16 de abril de 2012, en el proceso que instauró contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES, hoy COLPENSIONES.

ANTECEDENTES

A.R.M. llamó a juicio al Instituto de Seguros Sociales, con el fin de que fuera condenado al reconocimiento y pago de la «indemnización por vejez de origen no profesional» o a la pensión de invalidez, previa declaración de pérdida de la capacidad laboral del 72.54% y que cotizó 145 semanas en los últimos 3 años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez (fls. 5 a 12).

Relató que de acuerdo al dictamen emitido por la Gerencia Nacional de Atención al Pensionado del ISS, fue calificada con una pérdida de la capacidad laboral del 72.57%, con fecha de estructuración el 10 de octubre de 2007; que cotizó al ISS un total de 432 semanas entre 1967 y el 2009, 145 en los 3 últimos años a la fecha de estructuración de la invalidez.

Señaló que mediante Resolución 002005 de 2009, el Instituto le negó la pensión de invalidez por falta de requisitos del artículo 1 de la Ley 860 de 2003; tampoco, accedió al reconocimiento de la de vejez, por incumplimiento de los presupuestos del artículo 33 de la Ley 100 de 1993.

El Instituto de Seguros Sociales se opuso a las pretensiones de la demanda y, en su defensa, propuso las excepciones de prescripción, inexistencia de la obligación, cobro de lo no debido, buena fe y falta de título y causa (fls. 39 a 42).

Aceptó la calificación de invalidez y, parcialmente, que por Resolución 002005 le resolviera la solicitud de reconocimiento de la prestación económica; dijo no constarle las semanas de cotización y aclaró que, la historia laboral de la demandante a 26 de febrero de 2010, reportaba un total de 427 semanas. Negó las semanas de cotización anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.

I.SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA

Mediante proveído de 16 de junio de 2011, el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de B., declaró probada la excepción de cosa juzgada constitucional, remitió en consulta y no condenó en costas (fls. 132 a 140).

II.SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA

Se surtió en virtud del grado jurisdiccional de consulta y culminó con la sentencia gravada, mediante la cual, el Tribunal revocó la de primer grado, absolvió a la encausada de las pretensiones y no impuso costas en las instancias (fls. 157 a 174)

Precisó que el grado jurisdiccional se surtió a favor de la demandante, en tanto el fallo de primera instancia le resultó desfavorable a sus pretensiones al declararse probada la excepción de cosa juzgada constitucional, derivada de la acción de tutela que promoviera la actora contra el Instituto de Seguros Sociales al exigirle el requisito de fidelidad, por lo cual existía «identidad en los actores, se discuten los mismos hechos y tiene como fin el reconocimiento y pago de a pensión de invalidez».

Advirtió que si la consulta hubiese sido a favor del ISS, no hubiera sido admisible, en tanto la Corte Suprema de Justicia, estatuyó que «las sentencias desfavorables al INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES, no son consultables por cuanto no se cumplen las previsiones del artículo 69 del C.P.T. y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR