Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC12896-2018 de 4 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 741804985

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC12896-2018 de 4 de Octubre de 2018

Fecha04 Octubre 2018
Número de expedienteT 1100102040002018-01476-01
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

L.A. RICO PUERTA

Magistrado Ponente

STC12896-2018 Radicación n° 11001-02-04-000-2018-01476-01 (Aprobado en sesión del dos de octubre de dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., cuatro (4) de octubre de dos mil dieciocho (2018).

Decide la Corte la impugnación del fallo proferido por la Sala de Casación Penal el 8 de agosto de 2018, que negó la tutela de B.D.R. frente a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán y el Juzgado Sexto Penal del Circuito de esa misma ciudad, trámite al que fueron vinculadas las partes e intervinientes en el proceso penal radicado nº 2015-00009.

ANTECEDENTES
  1. Obrando en nombre propio, la solicitante reclama el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, libertad y dignidad humana, presuntamente vulnerados por las autoridades judiciales convocadas.

  2. Relató que fue procesada por los delitos de «corrupción de alimentos, productos médicos y material profiláctico» en concurso heterogéneo con el de «usurpación de derechos de propiedad industrial y derechos de obtentores de variedades vegetales», y condenada el 15 de noviembre de 2017, a la pena de 54 meses,15 días de privación de la libertad y multa de 211.25 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Popayán, concediéndole la sustitución de la sanción intramuros por la domiciliaria, decisión que ratificó en su integridad el Tribunal Superior de ése mismo Distrito Judicial el 23 de enero de 2018.

    Cuestionó las referidas determinaciones, concretamente frente al ejercicio de tasación de la pena, pues adujo que no tuvieron en cuenta que el proceso finalizó por allanamiento a cargos, situación que debió ser considerada a la hora de la dosificación punitiva, aunado a la carencia de antecedentes judiciales, que no pertenecía a ningún grupo delincuencial y lo demás acreditado respecto a su personalidad; aspectos relevantes para la fijación del monto sancionatorio y que debieron conducir a establecer el mínimo del «primer cuarto de movilidad» para el delito de mayor entidad, sin embargo, los falladores, sin «sustentar bastamente (sic) los motivos», resolvieron apartarse de la pena menor.

    Finalmente, añadió que no interpuso el recurso de casación contra la sentencia del Tribunal «en razón a que no cuento con los recursos económicos para acceder a dicho trámite, esto porque mi defensor asumió mi representación ad honorem, pero me indicó que para proceder con la casación se debían cancelar unos honorarios por ser una instancia extraordinaria, por ello no pude pagarle ese dinero y la decisión de segunda instancia quedó ejecutoriada».

  3. En consecuencia pretende «se redosifique la pena que me fue impuesta respecto de los criterios de ponderación y el descuento por aceptación de cargos, ordenando que como consecuencia se me conceda el subrogado de la suspensión de la ejecución de la pena» (fls. 1 a 23, cd.1)

    RESPUESTA DE LOS ACCIONADOS Y...

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