Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº AHC4441-2018 de 10 de Octubre de 2018
Fecha | 10 Octubre 2018 |
Número de expediente | T 7600122100002018-00070-01 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
Á.F.G.R.
Magistrado ponente
AHC4441-2018
Radicación n.° 76001-22-10-000-2018-00070-01
Bogotá, D.C., diez (10) de octubre de dos mil dieciocho (2018).-
Se decide la impugnación que el actor formuló contra la providencia proferida el pasado 28 de septiembre de los corrientes por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, dentro de la solicitud de Hábeas Corpus presentada por M.A.M.R. contra el Juzgado Quince Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento y la Fiscalía 34 Seccional, ambos de la misma ciudad.
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El solicitante a través de su progenitora señala, que se encuentra actualmente recluido en la Cárcel de Villa Hermosa de Cali, por el presunto delito de receptación y daño informático; que pese a que llegó a un preacuerdo con la «fiscalía 34 seccional», estableciéndose una pena de 24 meses de prisión, así como una indemnización en aras de reparar a las víctimas, «sumas ya depositadas como lo ordena la ley», a la fecha no se ha llevado a cabo la audiencia de verificación del preacuerdo, «por motivos ajenos a [su] voluntad (…) y menos de la defensa, incluso se cambió el fiscal precisamente en uno de los momentos que se había fijado para tal efecto, y ahora con el cierre del palacio de justicia se ha impedido celebrar la diligencia», situación que, dice, viola sus garantías constitucionales, máxime cuando «la detención preventiva puede ser sustituida por la detención del lugar de residencia en los mismos casos en los que procede la prisión domiciliaria».
De este modo, entonces, solicita que se «decret[e su] libertad provisional vigilada (…) mientras se surte la audiencia para la verificación del preacuerdo» (fls. 1 y 2, cdno. 1).
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Frente a lo pedido, el Juez Quince Penal del Circuito de Cali, tras hacer una contextualización acerca de los pormenores del proceso adelantado en contra del aquí accionante, informó que el pasado 20 de septiembre se fijó fecha y hora para llevar a cabo la audiencia de verificación de preacuerdo echada de menos por el accionante, para el próximo 24 de octubre de 2018 a las 1:30 p.m., data que ya fue notificada a los sujetos procesales y se encuentra en firme (fl. 7, Cit.).
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La Sala de Familia del Tribunal Superior de Cali, luego de admitir la solicitud de hábeas corpus el pasado 27 de septiembre del año en curso y ordenar la vinculación de las autoridades judiciales reprochadas (fl. 4, cdno. 1), denegó lo pedido, tras...
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