Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC13215-2018 de 11 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 744081225

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC13215-2018 de 11 de Octubre de 2018

Número de expedienteT 1100102300002018-00408-01
Fecha11 Octubre 2018
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.W.Q.M.

Magistrado ponente

STC13215-2018

Radicación n.º 11001-02-30-000-2018-00408-01

(Aprobado en sesión de diez de octubre de dos mil dieciocho)

B.D.C., once (11) de octubre de dos mil dieciocho (2018).

Se decide la impugnación formulada frente al fallo proferido el 27 de agosto de 2018 por la Sala de Casación Penal de esta Corporación, dentro de la acción de tutela promovida por B.E.M.A. contra la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y la Unidad de Administración de Carrera Judicial de esa ultima Corporación, a cuyo trámite fue vinculado el Centro de Servicios Judiciales de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de La Dorada.

ANTECEDENTES
  1. La promotora reclama la protección del derecho fundamental al debido proceso administrativo, presuntamente vulnerado por las autoridades acusadas.

    En consecuencia, solicita «anular los efectos jurídicos de [las] resoluciones [CSJCAR17-623 de 9 de noviembre de 2017 y CJR18-416 de 28 de junio de 2018]»; y en su lugar, se le ordene a las accionadas que estudien «la solicitud de traslado inicialmente elevada, al amparo de la normatividad legal y, especialmente, con apego a los fundamentos expuestos durante la interposición de los recursos de reposición y apelación, para que finalmente el concepto de traslado sea favorable y pueda acceder al cargo…» (folio 16, cuaderno 1).

  2. La queja constitucional se sustenta, en síntesis, en lo siguiente:

    2.1. Indicó la accionante que desde el 14 de octubre de 2009 ocupa en propiedad el cargo de Auxiliar Judicial grado IV en el Centro de Servicios Judiciales de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de La Dorada (Caldas), empleo en el que no ha tenido inconveniente laboral y ha alcanzado excelentes puntajes en la calificación anual de servicios.

    2.2. Señaló que con ocasión de una pasada acción constitucional interpuesta con el fin de dilucidar lo atinente a la publicación de un cargo afín en la ciudad de Manizales, le informaron que existían 4 cargos similares al suyo, uno provisto en propiedad y otro vacante.

    2.3. Adujo que solicitó la expedición de concepto favorable de traslado para el cargo de Auxiliar Judicial grado IV del Centro de Servicios Judiciales de los Juzgados Civiles y de Familia de Manizales, pues allí se encuentra su núcleo familiar, sin embargo, se denegó la expedición de un concepto favorable, pues se consideró que si bien estaban dadas las condiciones de orden general, ya que existía vacante definitiva con potencialidad de provisión, se indicó que los requisitos no eran afines.

    2.4. Sostuvo que recurrió la referida decisión en reposición y subsidio apelación con fundamento en que entre los requisitos había una conjunción disyuntiva «o», es decir, se consignan diferentes alternativas; que no entiende porque si cumplía en ambos eventos con el primer postulado de los requisitos específicos, la Sala Administrativa acusada mezcló los conceptos, y denegó su recurso.

    2.5. Refirió que aportó el acta de grado de la carrera ingeniería de sistemas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR