Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP1997-2018 de 16 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 744081681

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP1997-2018 de 16 de Octubre de 2018

Fecha16 Octubre 2018
Número de expedienteT 100870
MateriaDerecho Penal

E.F.C.

Magistrado Ponente

ATP1997-2018

Radicación Nº 100870

Acta 360

Bogotá D.C., dieciséis (16) de octubre de dos mil dieciocho (2018)

ASUNTO

Procede la Sala a pronunciarse acerca del desistimiento de la acción de tutela presentada por L.F.A.O., contra la Secretaría de Gobierno de la ciudad de Barranquilla, la Alcaldía Local Norte del Centro Histórico, el Jefe de Inspectores y C., la Personería Distrital y la Policía Metropolitana de esa ciudad, a quienes acusa de vulnerar sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, en actuación que vinculó a la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla y al Juzgado Trece Penal Municipal de esa ciudad, a la Alcaldía Distrital de Barranquilla, Fundación Hospital Metropolitano y la Universidad Metropolitana de Barranquilla y a la señora A.R., abogada de la Alcaldía Local del Centro Histórico de Barranquilla.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

L.F.A.O., acudió al reclamo constitucional al considerar que el Juzgado Trece Penal Municipal de Barranquilla, conculcó sus derechos fundamentales al ordenar a través de proveído de 2 de octubre de 2017, el restablecimiento del derecho bajo radicado No 08001-60-01257-2017-01150, al no encontrarse ejecutoriada, debido que la decisión fue impugnada y se encuentra surtiendo el recurso de apelación en la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla.

En sustento, señaló además que, para el cumplimiento de la orden emitida por el Juez Trece Penal Municipal de esa ciudad, ese Despacho envió oficio al jefe de Inspectores de Policía y C. de Barranquilla, y ordenó al Inspector Primero de Reacción inmediata la práctica de la comisión, cuyo objetivo era brindar el apoyo al doctor C.J.R., para tomar la debida posesión del cargo de rector de la Universidad Metropolitana de Barranquilla, sin embargo, alude no tenía competencia para ello, por lo que devolvió el oficio al Alcalde Local del Centro Histórico de esa ciudad.

En su lugar, el Alcalde Local ya referido, avocó conocimiento y fijó como fecha para surtir la diligencia el 25 de septiembre de 2018, no obstante, señaló el demandante «se presentó una cuadrilla de vigilantes privados y unos particulares, que en vías de hecho se tomaron el Hospital Fundación Metropolitano de Barranquilla y la Universidad Metropolitana de Barranquilla… sin notificación alguna, con miembros de la personería distrital y la FUERZA PÚBLICA, bajo el mando del MAYOR RUEDA» diligencia que se llevó a cabo, a voces del accionante «a la fuerza, en claras vías de hecho».

Relató el actor que, en las horas de la tarde del día de la diligencia, compareció un empleado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, a efectos de notificar el auto emitido por esa Corporación a través del cual se ordenaba la suspensión dela diligencia, empero, el Secretario de Gobierno de esa ciudad- C.F., hizo caso omiso de la decisión, por lo tanto a juicio del accionante, el funcionario de la Gobernación incurrió en «fraude a resolución judicial, prevaricato por acción, prevaricato por omisión, uso indebido de la fuerza pública, allanamiento ilegal, al demostrar un claro desprecio ante una orden superior»[1].

En ese contexto, solicitó el amparo de los derechos fundamentales invocados, en consecuencia, ordenar a la Alcaldía de la Localidad del Centro Histórico de Barranquilla, cumplir la orden emitida por Tribunal Superior de esa ciudad.

TRÁMITE DE LA ACCIÓN

Avocado su conocimiento, se ordenó correr traslado de la demanda a las autoridades accionadas y vinculadas para que ejercieran el derecho de contradicción y aportaran la información pertinente, obteniéndose las siguientes respuestas.

  1. El Juez Coordinador del Centro de Servicios Judiciales de Barranquilla, señaló que, mediante reparto de...

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