Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP13769-2018 de 18 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 744395857

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP13769-2018 de 18 de Octubre de 2018

Fecha18 Octubre 2018
Número de expedienteT 99587
MateriaDerecho Penal

L.G.S.O.

Magistrado ponente

STP13769-2018

Radicación n° 99587

Acta 362.

Bogotá, D.C., dieciocho (18) de octubre de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

  1. Decide la Corte las impugnaciones presentadas por el ciudadano J.A.M., el apoderado judicial del Consorcio Fondo de Atención en Salud PPL 2017, y el J. de la Oficina Jurídica de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios –USPEC-, contra el fallo proferido el 7 de septiembre de 2018, por cuyo medio la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, concedió la dispensa constitucional del derecho fundamental a la salud en favor del accionante, dentro de la acción constitucional formulada en contra del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad; trámite al que se dispuso la vinculación de las partes y demás sujetos intervinientes en el diligenciamiento que dio origen a este asunto.

ANTECEDENTES

HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

  1. Los sucesos que motivaron la solicitud de amparo constitucional y las pretensiones del demandante, fueron reseñados por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, de la forma como sigue:

    Manifiesta que mediante petición de fecha 8 de mayo de 2018 le solicitó al Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja se adelantaran los exámenes y tratamientos médicos necesarios para contrarrestar los cálculos renales que presenta y unos granos que le han venido apareciendo alrededor de la zona genital.

    Asegura que al momento de instaurar está acción no había obtenido ninguna respuesta por parte del Despacho accionado.

    Pretende se ampare su derecho fundamental de petición, y en consecuencia se ordene al Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja, proceder a atender de fondo la solicitud disponiendo su remisión con los médicos especialistas para que le sean tratadas dichas patologías

    .

    DEL FALLO RECURRIDO

  2. La Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja, negó el amparo en lo que respecta al Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa municipalidad, mediante sentencia del 7 de septiembre del año en curso, tras considerar que se evidenció la configuración de una carencia actual de objeto por hecho superado, toda vez que la solicitud elevada por el petente fue resuelta por dicho despacho judicial, mediante auto del 14 de junio último.

  3. De otro lado, tuteló el derecho a la salud de J.A.M. y, en consecuencia, ordenó a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, al Consorcio Fondo de Atención en Salud PPL-2017 y al Establecimiento Penitenciario y C. de Cómbita, garantizar la prestación en salud del accionante y se dispongan todas las gestiones tendientes a la práctica de la valoración médica por urología, avalada mediante la orden N° CFSU702913 del 10 de julio de 2018; debido a que, si bien las mencionadas entidades acreditaron la expedición de la autorización, hasta la fecha no se ha materializado el análisis requerido por el actor; lo que dejó entrever que las actuaciones ejecutadas por las referidas entidades, no han sido adecuadas para llevar a cabo el aludido examen clínico.

    DE LAS IMPUGNACIONES

  4. Sin enunciar las razones de disentimiento, el accionante «apeló» el...

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