Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP14042-2018 de 23 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 744396689

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP14042-2018 de 23 de Octubre de 2018

Fecha23 Octubre 2018
Número de expedienteT 101061
MateriaDerecho Penal

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2

L.A.H.B.

Magistrado ponente

STP14042-2018

Radicación 101061

(Aprobado Acta No. 366)

Bogotá D.C., veintitrés (23) de octubre de dos mil dieciocho (2018).

VISTOS

Resuelve la Sala la acción de tutela instaurada por el doctor W.G.M., en su condición de FISCAL 23 SECCIONAL DE APÍA (RISARALDA), contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Pereira.

Al trámite fueron vinculados el Juzgado Promiscuo del Circuito de Apía, así como las partes e intervinientes reconocidos dentro del proceso penal que será descrito a continuación.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

Según se desprende de la demanda y sus anexos, el 24 de agosto de 2011, el Juzgado Promiscuo del Circuito de Apía con Función de Conocimiento condenó a G. de J.T. a la pena de 96 meses de prisión, tras encontrarlo penalmente responsable del delito de acto sexual violento agravado en concurso homogéneo (por hechos ocurridos en el año 2005). El Despacho le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

La defensa presentó recurso de apelación contra la anterior decisión, el cual fue concedido ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Pereira.

Encontrándose la actuación en el despacho del Magistrado Ponente para la elaboración del proyecto de sentencia de segunda instancia, advirtió que el disco compacto remitido no contenía la sesión de juicio oral del 5 de julio de 2011, razón por la cual ofició al juzgado para que remitiera el audio correspondiente. Sin embargo, el aludido despacho señaló que el documento requerido se destruyó debido a un incendio ocurrido en las instalaciones donde está ubicada esa sede judicial.

Se efectuó similar solicitud a los sujetos procesales, actividad que no dio resultados positivos, unos y otros manifestaron no conservarlo.

Por lo anterior, el Tribunal resolvió iniciar el procedimiento de reconstrucción de la actuación cumplida en el juicio oral y convocó audiencia el 13 de octubre de 2017, informando a las partes sobre la situación acaecida y consultó sobre la posibilidad de adoptar la sentencia con base en la sinopsis probatoria contenida en la decisión de primera instancia. La defensa se opuso argumentando que en este caso era necesario el conocimiento de todas las piezas procesales, incluyendo los registros de audio del juicio oral.

En consecuencia, mediante auto del 19 de octubre de 2017, la Corporación mencionada dispuso dejar sin efecto la sentencia de primera instancia, con el objeto de rehacer las actuaciones del juicio oral a partir de la presentación de la teoría del caso, aclarando la no necesidad de practicar nuevamente las pruebas sobre las que exista consenso.

A la par, concedió la libertad al procesado con fundamento en el numeral 6º del artículo 317 de la Ley 906 de 2004.

En cumplimiento de lo anterior, el 3 de abril de 2018 el Juzgado convocó nuevamente audiencia de juicio oral, oportunidad en la cual se escucharon varios testigos de la Fiscalía, entre ellos, el policía que adelantó la investigación y el médico legista con quien se introdujo...

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