Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP14234-2018 de 30 de Octubre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 744398097

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP14234-2018 de 30 de Octubre de 2018

Número de expedienteT 101134
Fecha30 Octubre 2018
MateriaDerecho Penal

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente

STP14234-2018

Radicación Nº 101134

Acta 370

Bogotá, D.C., treinta (30) de octubre dos mil dieciocho (2018).

Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación interpuesta por A.Q.R., en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional del Vivienda, contra el fallo de tutela proferido el 29 de agosto de 2018 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual negó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa, presuntamente vulnerados por la Sala Civil del Tribunal Superior de Cali y el Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, en actuación que vinculó a la Sala de Casación Civil de la Corporación.

ANTECEDENTES

Fueron resumidos por la Sala de Casación Laboral como sigue a continuación:

El accionante promueve el mecanismo de amparo constitucional, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, que considera fueron vulnerados por las autoridades accionadas, con ocasión del proceso coactivo radicado número 1100107900020180074100, iniciado en su contra.

Del escrito de tutela y de los documentos que lo acompañan se deduce que la Sala Civil del Tribunal Superior de Cali, a través de auto del 21 de marzo de 2017 lo sancionó, en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda–Fonvivienda, por el incumplimiento de la orden constitucional proferida dentro de la acción de tutela que promovió M.L.M.A. en contra del referido fondo; que en sede de consulta la Sala de Casación Civil a través de auto del 10 de mayo de 2017, confirmó la decisión; que al haber dado cabal cumplimiento al fallo, solicitó al tribunal «inaplica[r] la sanción», que mediante auto del 1 de junio ulterior, decidió «no ejecutar la sanción»; que la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, inició en su contra proceso de cobro coactivo por el valor impuesto como multa en el trámite de desacato, a pesar de la inexistencia del título.

Como consecuencia de lo relatado, implora la protección de los derechos invocados, para que se declare que no incurrió en desacato y se decrete la nulidad del proceso de cobro coactivo y se ordene su consecuente archivo.

TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA

Avocado el conocimiento del asunto, la Sala de Casación Laboral ordenó correr traslado a las accionadas e involucrados para que ejercieran el derecho de contradicción, obteniéndose las siguientes respuestas.

  1. La Sala Civil del Tribunal Superior de Cali, señaló que en auto del 1 de junio de 2017, resolvió no ejecutar las sanciones impuestas al tutelante, a través de la decisión del 21 de marzo del mismo año y confirmada mediante proveído del 10 de mayo siguiente, al darse cumplimiento al fallo de tutela correspondiente.

  2. El Secretario de Vivienda Social Hábitat de Cali y los apoderados de la Nación – Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y del Departamento para la Prosperidad Social, solicitaron su desvinculación por falta de legitimación en la causa por pasiva, pues la tutela se interpuso en virtud de un proceso sancionatorio del cual es ajeno la entidad.

  3. La representante de la División de Procesos de la Unidad de Asistencia Legal de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, además de señalar que adelanta el proceso de cobro coactivo No. 110010790000201800741 en contra del accionante, en virtud de la multa impuesta por la Sala Civil del Tribunal Superior de Cali en providencia del 21 de marzo de 2017, confirmada por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, el 10 de mayo de la misma anualidad, informó que a la fecha no ha recibido, mucho menos se ha aportado providencia judicial que haya decidido sobre la inaplicación de la multa, por ende se hubiese...

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