Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 21 de Noviembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 748652765

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 21 de Noviembre de 2018

EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente52097
Fecha21 Noviembre 2018
MateriaDerecho Penal

E.F.C.

Magistrado ponente

SP5042-2018

Radicado N° 52097

Aprobado acta No. 390.

Bogotá, D.C., veintiuno (21) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).

V I S T O S
  1. En atención a lo dispuesto en auto de 12 de septiembre de 2018, mediante el cual se inadmitió la demanda de casación, se pronuncia la Sala, de manera oficiosa, respecto de la legalidad de la sentencia de segundo grado proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 27 de octubre de 2017, en punto a la dosificación de la pena accesoria de privación del derecho a la tenencia y porte de arma impuesta al procesado A.F.A. BARRERA.

HECHOS
  1. La situación fáctica fue sintetizada por el Ad quem de la siguiente manera:

    Según la Fiscalía, hacia la una de la tarde del 16 de noviembre de 2012, en la Calle 48 con C. 101 de esta ciudad, algunas personas le informaron a una patrulla policial sobre la reciente comisión de un delito de hurto contra una vendedora ambulante que laboraba en ese sector. Con base en tal información, los agentes registraron a un joven que se movilizaba en una bicicleta, que vestía una camisa negra y que llevaba un bolso Adidas. En este encontraron un revólver marca R. y cuatro cartuchos.

    Como manifestó que no contaba con permiso para portar tal arma, fue capturado y judicializado por la posible comisión del delito de porte de armas de fuego. La Fiscalía estableció que se trataba de A.F.A. BARRERA.

    ACTUACIÓN PROCESAL

  2. Por los hechos antes relacionados, el 17 de noviembre de 2014, ante el Juzgado 65 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, luego de legalizada la captura de A.F.A.B., la fiscalía le formuló imputación como autor del delito de fabricación, trafico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, siendo rechazado el cargo por el implicado.

  3. El 2 de marzo de 2015, ante el Juzgado 1º Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, se cumplió la audiencia de formulación de acusación, en la que el fiscal del caso reiteró el cargo imputado.

  4. Después de ser reasignado el proceso al Juzgado 50 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de esa misma ciudad, se realizó la audiencia preparatoria; y culminado el juicio oral, el 21 de julio de 2017, el juez de conocimiento dictó sentencia por cuyo medio condenó a ARROYAVE BARRERA como autor del punible objeto de acusación, a la pena principal de 108 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso.

    5.1. De igual manera, le impuso la sanción accesoria de privación del derecho de tenencia y porte de arma, durante 108 meses, término que tasó sin acudir al sistema de cuartos para la dosificación punitiva.

    5.2. De otra parte, le negó el subrogado de la suspensión condicional de la...

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