Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP2296-2018 de 11 de Diciembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 762639325

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP2296-2018 de 11 de Diciembre de 2018

Fecha11 Diciembre 2018
Número de expedienteT 102056
MateriaDerecho Penal

P.S.C. Magistrada ponente ATP2296-2018 Radicación N.° 102.056 Acta 407

Bogotá, D.C., once (11) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).

VISTOS

Seria del caso que la Sala se pronunciara sobre la admisión de demanda de tutela instaurada por J.C.C.G., contra el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE CARRERA ADMINISTRATIVA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales si no fuera porque se observa que quien acciona presentó desistimiento a la solicitud de amparo.

ANTECEDENTES
  1. J.C.C.G. señaló que se encuentra inscrito en la Convocatoria 27 —proceso de selección y concurso de méritos para la provisión de cargos de funcionarios de la Rama Judicial— y aspira al cargo de juez civil del circuito.

    Indicó que fue convocado para la realización del examen de aptitudes, conocimiento y psicotécnica para el 2 de diciembre de 2018, para lo que debe presentar según el instructivo su cédula de ciudadanía, la cual le fue hurtada junto a otros documentos, el 5 de noviembre de esta anualidad, ante tal situación realizó el trámite para la expedición del duplicado ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, entidad que expidió “comprobante de documento en trámite”.

    Al percatarse que su documento demoraría solicitó a la Unidad de Administración de Carrera —entidad encargada del proceso de selección— lo autorizara para presentar el examen con el “comprobante de documento en trámite” y en respuesta se le indicó que debía “presentar el original de la contraseña blanca con foto y cédula…” sin embargo dicha solución es inviable puesto que lo que le solicitan sólo se expide cuando se requiere por primera vez la cédula.

    Por lo anterior, reiteró su pedimento a la Unidad para que le permita realizar la prueba presentando el “comprobante de documento en trámite”, pero dada la premura no puede esperar un pronunciamiento, por ello acudió a la acción de tutela con el fin de que se le permita asistir a la prueba de conocimientos el 2 de diciembre de 2018, y puede presentar como documento de identificación el “comprobante de documento en trámite”.

  2. Previo a asumir el conocimiento de la petición de amparo constitucional se recibió escrito presentado por el accionante en el cual manifiesta que desiste de la acción dado que desapareció el motivo que la origino[1].

CONSIDERACIONES

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del...

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