Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP2309-2018 de 11 de Diciembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 762639829

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº ATP2309-2018 de 11 de Diciembre de 2018

Fecha11 Diciembre 2018
Número de expedienteT 101678
MateriaDerecho Penal

E.F.C.

Magistrado Ponente

ATP2309-2018

Radicado N° 101678

Acta 407

Bogotá D.C., once (11) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).

Se pronuncia la Sala acerca de la solicitud de apertura de incidente de desacato elevada por el accionante JESÚS ANTONIO TIQUE YARA.

ANTECEDENTES
  1. El 28 de agosto de 2018, la Corte Suprema de Justicia a través de la Sala de Decisión Tercera de Tutelas –Rad. 100017- negó el amparo de los derechos fundamentales de JESÚS ANTONIO TIQUE YARA al debido proceso, «protección especial a las personas de la tercera edad», mínimo vital, vida en condiciones dignas y a la seguridad social, que presuntamente eran vulnerados por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dentro del proceso ordinario laboral que adelantó contra el Instituto de Seguros Sociales hoy Colpensiones S.A., para obtener el reconocimiento y pago de algunas prestaciones a la que considera tiene derecho – pensión de vejez-, ante la mora injustificada en la resolución de dicho asunto.

  2. El 26 de septiembre de 2018, la Sala de Casación Civil de la Corporación, al resolver la impugnación formulada por el demandante, revocó la citada decisión, para en su lugar concederle el amparo deprecado, en consecuencia, le ordenó a la Homóloga Laboral que:

    […] que dentro del término de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de esta providencia, resuelva de fondo la demanda de casación admitida desde el 29 de enero de 2014 e ingresada al Despacho para fallo el 28 de mayo del mismo año, dentro del proceso promovido por el tutelante contra el ISS, hoy Colpensiones.

  3. Mediante escrito presentado por J.A.T. YARA el pasado 18 de octubre de 2018, informó a la Sala de Casación Civil que la orden dispuesta en la mencionada sentencia de tutela no ha sido cumplida, pues hasta la fecha no había pronunciamiento de fondo sobre el asunto, en consecuencia, solicitó tomar las medidas correspondientes y pertinentes.

  4. El 23 de octubre de 2018, el Magistrado de la Sala de Casación Civil Dr. Á.F.G.R. requirió a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia para que informara sobre el cumplimiento de la sentencia de amparo; no obstante, mediante auto del 30 del mismo mes y año, dispuso la remisión de las diligencias a esta Sala de Decisión por competencia.

  5. Por auto del 19 de noviembre de 2018, esta Corporación requirió nuevamente a la Sala de Casación Laboral, para que informara...

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