Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP16758-2018 de 13 de Diciembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 762640529

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP16758-2018 de 13 de Diciembre de 2018

Fecha13 Diciembre 2018
Número de expedienteT 101759
MateriaDerecho Penal

Eyder Patiño Cabrera

Magistrado Ponente

STP16758-2018

Radicación n. 101759

Acta n. 408

Bogotá, D.C., trece (13) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

Se resuelve la impugnación formulada por E.M.U. frente a la sentencia proferida el 30 de octubre de 2018 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, mediante la cual negó la acción de tutela presentada contra los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de La Dorada y Penal del Circuito de Bolívar [Antioquia], por la presunta vulneración de sus derechos a la libertad y a la dignidad humana.

ANTECEDENTES
  1. Hechos y fundamentos de la acción

1.1. El 7 diciembre de 2012 el Juzgado Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Bolívar [Antioquia] condenó a E. de J.M.U. por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años. Asimismo, le negó la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria.

El 6 de octubre de 2014, en sede de segunda instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia, estableció el quantum punitivo en 144 meses de prisión.

1.2. El sentenciado solicitó al despacho que vigila su condena la libertad condicional y el 2 de abril de 2018[1] el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de La Dorada la negó, por expresa prohibición del artículo 199 de la Ley 1098 de 2006.

Contra esa determinación el accionante interpuso recurso de apelación y el 21 de mayo siguiente[2] el Juzgado Penal del Circuito de Bolívar, la ratificó.

1.3. Mazo U. presentó tutela en contra de los referidos despachos judiciales por la vulneración de sus derechos a la libertad y a la dignidad humana, por negarle la libertad condicional, de conformidad con lo establecido en el artículo 199 de la Ley 1098 de 2006.

Precisó que los demandados debieron otorgarle el mecanismo sustitutivo de la pena, toda vez que cumple todos los requisitos establecidos en el artículo 30 de la Ley 1709 de 2014, sin que fuera procedente aplicar la Ley de Infancia y Adolescencia en virtud del principio de favorabilidad.

Solicitó dejar sin efecto las providencias proferidas por los demandados y, en su lugar, conceder el mencionado mecanismo sustitutivo de la pena.

LA SENTENCIA IMPUGNADA

La Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales negó el amparo al considerar que los planteamientos expuestos por los despachos judiciales accionados no son constitutivos de causales de procedibilidad, toda vez que son los competentes para valorar el cumplimiento de los requisitos necesarios para otorgar, o no, el beneficio reclamado, siendo los encargados de determinar la procedencia de su concesión.

LA IMPUGNACIÓN

Al momento de ser notificado, E.M.U. exteriorizó su intención de impugnar el fallo, sin aducir las razones de su disenso.

CONSIDERACIONES
  1. Problema jurídico

    Corresponde a la Corte determinar si las autoridades judiciales accionadas vulneraron los derechos a la libertad y a la dignidad humana del interesado, al negarle la libertad condicional, de conformidad con lo estipulado en el artículo 199 de la Ley 1098 de 2006.

    Para tal fin, verificará las causales de procedibilidad.

  2. La procedencia excepcional de la tutela contra providencias judiciales

    En repetidas ocasiones la jurisprudencia ha reiterado que el amparo constitucional contra providencias judiciales es no sólo excepcional, sino excepcionalísimo. Ello para no afectar la seguridad jurídica y como amplio respeto por la autonomía judicial garantizada en la Carta Política.

    Al respecto, la Corte Constitucional, en sentencia T – 780 de 2006, dijo:

    […] La eventual procedencia de la acción de tutela contra sentencias judiciales y otras providencias que pongan fin al proceso tiene connotación...

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