Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP16564-2018 de 13 de Diciembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 762640837

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP16564-2018 de 13 de Diciembre de 2018

Número de expedienteT 100859
Fecha13 Diciembre 2018
MateriaDerecho Penal

L.G.S.O.

Magistrado ponente

STP16564-2018

Radicación n° 100859

Acta 408.

Bogotá, D.C., trece (13) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).

  1. ASUNTO

  1. Se procede a resolver la solicitud de adición presentada por la ciudadana M.M.P., respecto del fallo de tutela de primera instancia proferido el 11 de octubre de 2018, por esta Sala de Decisión de Tutelas, mediante el cual resolvió negar el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, contradicción, acceso a la administración de justicia y «legalidad», presuntamente vulnerados por la Sala de Casación Laboral, trámite al que fueron vinculados la homóloga Sala Civil, la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Treinta y Nueve Civil del Circuito de esta ciudad; así como también a las partes y demás intervinientes dentro del trámite constitucional con el radicado nº. STL7577-2018.

ANTECEDENTES
  1. El pasado 28 de septiembre, la ciudadana M.M.P., incoó acción de tutela contra la Sala de Casación Laboral, con el objeto que se dejara sin efecto la providencia CSJ ATL1417-2018 4 Jul, R.. 79883, a través de la cual aquella Corporación no accedió a la postulación de nulidad de la sentencia constitucional de segunda instancia bajo la radicación CSJ STL7577-2018 23 May 2018, R.. 79883; en aras a que se dicte una nueva decisión donde se protejan sus garantías constitucionales.

  2. La interesada, para fundamentar la demanda, señaló que el interlocutorio mencionado es lesivo de sus prerrogativas fundamentales, toda vez que la Sala de Casación Laboral valoró inadecuadamente las pruebas allegadas al trámite tutelar, que daban cuenta de los yerros cometidos por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Treinta y Nueve Civil del Circuito de esta ciudad, al interior del proceso ejecutivo que formuló contra los señores H.G.U. y M.G.A. de G..

  3. Lo anterior, por cuanto, en su criterio, la homóloga S.L. desconoció «el documento de endoso contentivo de la firma de E.M. Par[í]s», bajo la consigna del «principio de autonomía e independencia judicial», con el único propósito de «arropar y proteger la falsedad de la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Bogotá», y con ello despojarla de su patrimonio económico.

  4. El 11 de octubre de 2018, esta Sala de Decisión de Tutelas resolvió negar el amparo invocado por M.M.P., tras considerar que dicha actuación, aún no ha sido radicada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR