Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC16408-2018 de 13 de Diciembre de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 762641493

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC16408-2018 de 13 de Diciembre de 2018

Número de expedienteT 1100122030002018-02577-01
Fecha13 Diciembre 2018
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

O.A.T. DUQUE

Magistrado ponente

STC16408-2018

Radicación nº 11001 22 03 000 2018 02577 01 (Aprobado en sesión de doce de diciembre dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., trece (13) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).

Se resuelve la impugnación del fallo de 1º de noviembre del año en curso, proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá en la tutela instaurada por el Banco Multibank S.A. contra la Superintendencia de Sociedades, extensiva a los demás intervinientes en el decurso objeto de la queja.

ANTECEDENTES
  1. El contexto factual puede compendiarse como sigue:

    Ante la Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia de Sociedades, se inició trámite de liquidación judicial de Suma Activos S.A.S., del que posteriormente se corrió traslado a la «Delegatura» de Procedimientos de Insolvencia de la misma entidad para tomar medidas de intervención, en virtud de los hallazgos documentados en la auditoría financiera. La cartera de la compañía investigada se compone de los pagarés adquiridos a cooperativas y que luego fueron vendidos por medio de fideicomiso a setenta y nueve (79) personas, entre las que se encuentra Multibank S.A.

    El 19 de diciembre de 2017 se decretó la «liquidación judicial como medida de intervención por hallazgos de captación ilegal» y, por consiguiente, se requirió a los acreedores para que presentaran sus créditos y requerimientos ante el «liquidador» designado. M.S.A. compareció y se opuso a la directriz adoptada con apoyo en que es propietaria y, por ende, legítima tenedora de los «pagarés que se encuentran vigentes», por lo que debían ser excluidos del «activo» del proyecto de calificación y graduación de «créditos». En audiencia celebrada el 3 y 6 de agosto hogaño, el «Superintendente Delegado» resolvió las objeciones formuladas y desechó la petición de «exclusión de pagarés-libranza, al igual que los contratos de compraventa de cartera» basado en que «Multibank S.A. no es propietaria legítimo de los instrumentos», dado que «declaró la simulación de los endosos por los que los había adquirido» porque «Suma Activos S.A.S. nunca perdió el control de la operación ni su custodia».

    La promotora de estas diligencias señaló que de esa manera se le transgredió el debido proceso, en vista que la «Superintendencia no tenía competencia para declarar la simulación y menos oficiosamente».

    Por ello, suplicó «revocar la providencia del 3 de agosto de 2018, [en cuanto] rechazó la solicitud de exclusión de pagarés – libranza y ordenó la entrega de éstos» y «en caso de que la Superintendencia considere que esos pagarés deben integrar la masa de liquidación, que proceda a dar trámite al proceso verbal que corresponde en virtud del artículo 75 de la Ley 1116 de...

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