Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC020-2019 de 11 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 762766573

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC020-2019 de 11 de Enero de 2019

Número de expedienteT 1100122030002018-02586-01
Fecha11 Enero 2019
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.S.R.

Magistrado ponente

STC020-2019

Radicación n.° 11001-22-03-000-2018-02586-01

(Aprobado en sesión de doce de diciembre de dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., once (11) de enero de dos mil diecinueve (2019).

Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el ocho de noviembre de dos mil dieciocho por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá dentro de la acción de tutela interpuesta por el Conjunto Residencial Parques de la Colina II contra los Juzgados 53 Civil Municipal y Cuarto Civil del Circuito de esta ciudad; trámite al que se ordenó vincular a todas las partes e intervinientes en el proceso origen de la acción.

ANTECEDENTES
  1. La pretensión

    El Conjunto Residencial solicitó el amparo de su derecho fundamental al debido proceso que considera vulnerado por los juzgados accionados con ocasión a las decisiones proferidas el 27 de abril de 2017 y 25 de julio de 2018 por cuanto de forma arbitraria declararon parcialmente probada la excepción de prescripción alegada por la parte pasiva y se consideró que no podía tenerse por cierta la certificación que allegó aunado a que la segunda instancia le concedió la palabra a su apoderada para que sustentara la apelación pese a que ya se había hecho ante el a quo, situación que no está contemplada en el Código General del Proceso, ya que a su juicio los recursos se sustentan en audiencia ante el funcionario que profirió el fallo.

    Por tal motivo, pretende que se ordene proferir sentencia que en derecho corresponda dentro del proceso ejecutivo cuestionado, «conforme a las pruebas allegadas, esto es, la certificación de pagos realizados en la cuenta del apartamento 1004 de la torre 2». [Folio 4, c.1]

  2. Los hechos

    1. El 21 de septiembre de 2015 el Conjunto Residencial Parques de la Colina II de Bogotá ahora accionante formuló demanda ejecutiva contra J.R.O. y M.L.R. en su calidad de propietarios del apartamento 1004, torre 2, para el cobro de las cuotas de administración desde diciembre de 2006 a agosto de 2015 junto con sus correspondientes intereses moratorios.

    2. El asunto le correspondió al Juzgado Cincuenta y Tres Civil Municipal de esta ciudad, autoridad que el 1º de octubre de ese año libró mandamiento ejecutivo y dispuso la notificación a la parte demandada.

    3. Se ordenó el emplazamiento del extremo pasivo y luego se designó curador ad litem para su representación, quien formuló excepción de prescripción de las cuotas de administración.

    4. El 27 de abril de 2017 se dio inició a la audiencia de instrucción y juzgamiento en la que se emitió sentencia declarando parcialmente probada la excepción de prescripción respecto de las cuotas de administración causadas desde diciembre de 2006 hasta diciembre de 2012 y ordenó seguir adelante la ejecución desde enero de 2013 a las que se continúen causando junto con sus respectivos intereses tras considerar que la primera cuota que se cobra data de diciembre de 2006 lo que implica que su termino de prescripción fenecía en el año 2011 y así sucesivamente.

      De igual modo, señaló que la prescripción no se interrumpió con la presentación de la demanda, por cuanto el mandamiento de pago dejó de notificarse al extremo pasivo en el término previsto en el artículo 94 del Código General del Proceso y tampoco hubo interrupción por cuanto los abonos a la deuda se efectuaron después del plazo que tenía la accionante para su cobro, «lo que quiere decir que no se podría alegar la interrupción de un fenómeno que ya había acaecido», tampoco existió renuncia porque la parte demandada alegó el fenómeno además de que «no es...

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