Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP190-2019 de 15 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 762767877

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP190-2019 de 15 de Enero de 2019

Fecha15 Enero 2019
Número de expedienteT 101824
MateriaDerecho Penal

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado Ponente

STP190-2019

Radicación n.° 101824

(Aprobado acta No. 05)

Bogotá D.C., quince (15) de enero de dos mil diecinueve (2019)

VISTOS

Decide la Sala el recurso de impugnación interpuesto por R.A.E.C., contra el fallo de tutela proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta el 16 de octubre de 2018, mediante el cual fue declarado improcedente el amparo invocado contra la Alcaldía Municipal De Guadalupe (Santander), la Fiscalía 2 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Socorro y la Corporación Autónoma Regional de Santander.

ANTECEDENTES Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Fueron recogidos en la decisión de primera instancia en los siguientes términos:

El señor R.A.E.C., indica que interpone acción de tutela, por la presunta comisión de unos delitos.

Que sus padres eran propietarios de un predio denominado La Peña, ubicado en el municipio de Guadalupe, el cual utilizó la alcaldía municipal desde los años 1989 hasta el año 2003, para botar las basuras del municipio y como relleno sanitario.

Que su padre falleció el 19 de agosto de 2018, y su madre se encuentra en estado grave de salud, por ello instauró denuncia penal contra la Alcaldía Municipal de Guadalupe, correspondiéndole la investigación a la Fiscalía Seccional de Socorro Santander, empero ésta no efectuó procedimiento alguno.

Que en virtud a lo anterior, dirigió escrito ante la personería municipal de Guadalupe, así mismo a la procuraduría provincial de San Gil, donde solicita le informen todo lo actuado por la fiscalía seccional de S..

En esa medida, la personería municipal de Guadalupe, intervino y ordenó visita al predio mencionado, verificando el alto estado de contaminación, ordenándole a la Corporación Autónoma Regional CAS, se estudie la inspección con el fin de evidenciar afectaciones por la mala disposición de residuos sólidos.

Agregó, que la Fiscalía Seccional de Socorro Santander, remitió el caso a otra unidad, argumentando que los hechos debían tramitarse bajo el procedimiento de la Ley 600 de 2000.

EL FALLO IMPUGNADO

La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, mediante decisión adoptada el 16 de octubre de 2018 declaró improcedente la tutela invocada, teniendo en cuenta que las pretensiones del actor podían ser ventiladas por los mecanismos ordinarios previstos en el ordenamiento jurídico.

En este sentido, frente a la...

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