Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002018-2732-00 de 16 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 762825513

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002018-2732-00 de 16 de Enero de 2019

Fecha16 Enero 2019
Número de expedienteT 1100102030002018-2732-00
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil



República de Colombia
Corte Suprema de Justicia

Sala de Casación Civil

HERNAN FABIO LOPEZ BLANCO
Conjuez Ponente

ATC002-2019
Radicación N° 11001-02-03-000-2018-2732-00

(Aprobado en sesión de dieciséis de enero de dos mil diecinueve)

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de enero de dos mil diecinueve (2019).

Se resuelve sobre los impedimentos manifestados por los H.M.A.S.R., Margarita Cabello Blanco, L.A.T., Luis Alfonso Rico Puerta, O.A.T.D., Aroldo Wilson Quiroz y A.F.G.R. para conocer de la acción de tutela instaurada por Luis Elber Garzón Clavijo contra la sala civil familia del Tribunal Superior de Villavicencio.

ANTECEDENTES

1.- Todos los H. Magistrados de la Sala de Casación Civil manifestaron su imposibilidad de intervenir dentro de la presente acción de tutela y ponen de presente que se presenta la causal de impedimento configurada en el numeral 6a del artículo 56 del Código de Procedimiento

Penal, aplicable a la acción de tutela por remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, que dispone: "el funcionario haya dictado la providencia de cuya revisión se trata, o hubiere participado dentro del proceso, o sea cónyuge o compañero o compañera permanente o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o civil, o segundo de afinidad, del funcionario que dictó la providencia a revisar> (Se destacó).

2.- Todos ellos ponen de presente que intervinieron en las decisiones contenidas en las sentencias de agosto 25 de 2016 y de julio 6 de 2017 referidas al caso que nos ocupa, como en efecto ocurrió, de ahí que no se precisan de consideraciones adicionales en orden a aceptar los impedimentos manifestados, por estar estructurada la causal de impedimento advertida.

En mérito de lo expuesto, la Sala...

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