Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 54414 de 16 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 762825597

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 54414 de 16 de Enero de 2019

Fecha16 Enero 2019
Número de expediente54414
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA






LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

Magistrado ponente


AP031-2019

Radicación N° 54414.

Acta 06.


Bogotá, D.C., dieciséis (16) de enero de dos mil diecinueve (2019).


VISTOS


Se pronuncia la Sala respecto del incidente de definición de competencia promovido por el Juzgado Once Penal del Circuito con Función de Conocimiento de B..


ANTECEDENTES


1. El 17 de agosto de 2018, la Fiscalía Quince Seccional de B., radicó en esa ciudad escrito de acusación en contra de Jaime Andrés Estrada Quintero, por el presunto delito de fuga de presos.

En el mencionado documento fueron reseñados los siguientes hechos:


El día 03 d junio del año 2018, aproximadamente a las 23:00 horas, personal adscrito a la Policía Nacional, realizan labores de patrullaje por el sector del Barrio Nueva Granada del municipio de B., más exactamente en la carrera 16 con calle 28, en donde observan un carro gris de placa KKT-786, Ford Fiesta al que le hacen la señal de pare, en el interior del vehículo se encontraban dos personas: uno vestido de polo a rayas azul, pantalón jeans claro, zapatos gris con negro, el otro vestía camiseta azul, pantalón jeans azul, zapatos rojos, quienes asumen una actitud nerviosa al solicitar el registro a persona.


Se verifican antecedentes mediante el PDA arrojando como resultado que J.Y.Q.P., identificado con la cédula de ciudadanía 1.098.722.782, se encuentra con prisión domiciliaria en el Barrio Paseo de la Feria, manzana K, casa 2, quien indica que porta un brazalete electrónico en la pierna izquierda, el otro sujeto JAIME ANDRÉS ESTRADA QUINTERO, que se identifica con cédula de ciudadanía número 1.098.699.713 reporta detención domiciliaria en Cereté Córdoba en la calle 12 número 12-04, barrio La Esperanza, se procede a la aprehensión de los ciudadanos a quien se le dan a conocer los derechos como personas privadas de la libertad (…).


2. Formalizado el respectivo reparto, la actuación correspondió al Juzgado Once Penal del Circuito de B., el cual dio inicio a la audiencia de formulación de acusación el 13 de noviembre de 2018 y, a renglón seguido, manifestó su incompetencia para conocerla.


Sustentó su determinación en que la Sala de Casación Penal ha establecido que, tratándose del delito denominado como fuga de presos, el juez competente para conocer la etapa de juzgamiento «es aquel donde el investigado se encuentre cumpliendo la detención o prisión...

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