Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 82781 de 23 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 762827277

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 82781 de 23 de Enero de 2019

Fecha23 Enero 2019
Número de expedienteT 82781
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



CLARA C.D.Q.

Magistrada ponente


STL664-2019

Radicación n.° 82781

Acta 02


Bogotá, D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil diecinueve (2019).


La Sala resuelve la impugnación interpuesta por JAIRO RAÚL RODRÍGUEZ YEPES contra el fallo proferido el 21 de noviembre de 2018 por la SALA CIVIL de esta Corporación, dentro de la acción de tutela que adelanta el recurrente contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, trámite al cual fueron vinculados los JUZGADOS DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO y QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS de la misma ciudad, la COMPAÑÍA DE GERENCIAMENTO DE ACTIVOS S.A.S. en liquidación, así como las partes e intervinientes dentro del proceso ejecutivo no. 2012-00477.


  1. ANTECEDENTES


JAIRO RAÚL RODRÍGUEZ YEPES instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, DEFENSA, IGUALDAD y ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, presuntamente vulnerados por la autoridad convocada.



En lo que interesa al presente trámite constitucional, refirió el promotor que el 29 de julio de 1996 constituyó hipoteca abierta sobre el inmueble ubicado en la «Carrera 51 A # 130 A- 48 Interior 6 Apartamento 212 Bloque 6 Manzana 5 del Conjunto Multifamiliar Iberia», con el fin de garantizar el cumplimiento de la obligación contenida en el pagaré no. 90413-8, el cual suscribió en favor de la Corporación Grancolombiana de Ahorro y Vivienda – Granahorrar hoy Banco BBVA.


Manifestó el tutelante que la mencionada entidad financiera endosó el título valor a la empresa Central de Inversiones – Cisa S.A., quien adelantó demanda ejecutiva hipotecaria en su contra en el Juzgado Décimo Civil del Circuito de Bogotá, autoridad que en proveído de 26 de junio de 2013 dispuso seguir adelante con la ejecución y, por tal razón, el 17 de octubre siguiente remitió las diligencias al Juzgado Quinto Civil del Circuito de Ejecución de ese lugar para surtir el trámite correspondiente.


Informó el petente que en el curso del proceso, la entonces demandante cedió el crédito a la Compañía de Gerenciamiento de Activos S.A.S. en liquidación, quien a su vez lo realizó en favor de P.S.M.P. y Francisco Luis Roberto Patiño Leyva y, estos, finalmente, lo transfirieron a M.M.R..


Relató el tutelista que el 17 de agosto de 2017 solicitó invalidar lo actuado, al considerar que la comunicación por aviso, con la cual el despacho de conocimiento lo tuvo por notificado, «no identificó a la parte actora tal y como se hizo en el mandamiento de pago, sumado a que no existió certeza de que se hubiere entregado directamente en el apartamento 212, tampoco de que el...

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