Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº STL657-2019 de 23 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 762827293

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº STL657-2019 de 23 de Enero de 2019

Fecha23 Enero 2019
Número de expedienteT 82657
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CLARA C.D.Q.

Magistrada Ponente

STL657-2019

Radicación n.° 82657

Acta n.º 2

Bogotá, D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil diecinueve (2019).

Decide la Corte la impugnación presentada por R.G.L. contra el fallo proferido el 1.º de noviembre de 2018 por la SALA CIVIL de esta Corporación, dentro de la acción de tutela que adelanta el recurrente contra la SALA CIVIL – FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE POPAYÁN, trámite al cual fueron vinculados las partes e intervinientes dentro del proceso objeto de cuestionamiento constitucional.

ANTECEDENTES

R.G.L. instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental al DEBIDO PROCESO, presuntamente vulnerado por la autoridad accionada.

Indicó que instauró proceso de pertenencia contra la sociedad Parque Industrial Almacafé, la Junta de Copropietarios Parque Industrial y personas indeterminadas, con la finalidad de obtener la propiedad de «cuatro (4) hectáreas (…) de un pequeño predio rural ubicado en la vereda de Río Blanco (…), perteneciente a otro de mayor extensión, identificado con matrícula inmobiliaria N° 120-44586», toda vez que ejerció actos de señor y dueño desde el 13 de mayo de 2002 hasta la fecha.

Informó que el trámite se adelantó en el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Popayán, despacho que en providencia de 27 de enero de 2017 declaró no probada la oposición de los convocados a juicio y las excepciones formuladas por Almacafé y, en consecuencia, dispuso que el demandante era el dueño del inmueble en disputa.

Relató que Almacenes Generales de Depósito de Café S.A., G.J.N.P., J.A.V., H.A.N., J.A.N., Sociedad Aserhi y la Corporación para el Desarrollo del Cauca – Corporacauca apelaron la anterior decisión.

Indicó que la alzada se surtió ante la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de esa ciudad, Colegiado que en providencia de 19 de octubre de 2018, revocó la determinación de primer grado y, en consecuencia, negó las pretensiones de la demanda, tras considerar que el predio comprendía zonas de uso público.

Cuestionó que la autoridad judicial censurada, vulnera su derecho fundamental al no tener en cuenta sus actos de señor y dueño en el predio objeto de la litis y, al declarar que dentro del inmueble existía una zona de reserva y la franja de protección sobre la riviera del rio, pues «no todo el predio podía considerarse como bien de uso público por el sólo hecho de participar de su copropiedad entidades de derecho público», razón por la cual debió declarase la prescripción adquisitiva sobre la zona de terreno.

Con base en el sustento fáctico reseñado, acudió a este mecanismo constitucional a fin de que se proteja su derecho fundamental; en consecuencia, se deje sin efecto la sentencia proferida el 19 de octubre de 2018 por...

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