Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 54513 de 23 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 762827705

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 54513 de 23 de Enero de 2019

Número de expediente54513
Fecha23 Enero 2019
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal


EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente


AP137-2019

Radicación Nº 54513

Acta N° 15


Bogotá D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil diecinueve (2019)


ASUNTO


Procede la Corte a definir la competencia para adelantar el juzgamiento en contra de J.I.G.D., en virtud del escrito de acusación que en su contra presentó la F.ía, por la presunta comisión del delito de falsedad material en documento público agravado por el uso.


HECHOS


Fueron consignados en el escrito de acusación en estos términos:



[S]iendo las 15:20 horas del 20 de abril de 2014, en el kilómetro 7 de la vía Dosquebradas-Chinchiná, [miembros de la Policía] se encontraban realizando labores propias de su cargo y solicitando los documentos de las personas que por allí transitaban, se le hace la señal de pare a una motocicleta de placas GPP-30ª, marca Yamaha, modelo 2005 de color azul negro, servicio particular y con número de motor B116E509356, conducida por el señor J.I.G.D., quien se identificó con la C.C. N. 80.243.595 de Bogotá, natural de Quimbaya (Caldas) (…) y al ser requerido por los documentos de su vehículo exhibió una licencia de conducción N. 76364-351631321 I, categoría 02, fecha de elaboración mayo de 2009 a nombre de JOHANN G.. Se observó que dicha licencia no poseía las características de un documento original, lo que se verificó posteriormente por parte del Intendente Francisco Osorio Rodríguez, quien emite dictamen donde determina que esta licencia es falsa, sin figurar siquiera en la página web del Ministerio de Transporte (…)


ANTECEDENTES PROCESALES


1. El 22 de mayo de 2017 ante el Juez 51 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, la fiscalía le formuló imputación a J.I.G. DUQUE como determinador del delito de falsedad material en documento público agravado por el uso. Cargo que no fue aceptado.


2. El 1° de junio de 2017 la fiscalía radicó el escrito de acusación, en los mismos términos en los que se formuló imputación.


3. Asignado el conocimiento del asunto al Juzgado 18 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, el 21 de septiembre de 2018 se llevó a cabo audiencia de formulación de acusación, oportunidad en la cual la fiscalía impugnó la competencia del funcionario para adelantar el juzgamiento, aduciendo que aun cuando el imputado señaló que obtuvo el documento espurio en Bogotá, sin mayores precisiones, lo cierto es que los hechos se materializaron en el municipio de Dosquebradas del departamento de Risaralda, cuando aquél exhibió la licencia de conducción. Por ello consideró que el competente para conocer de la...

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