Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC335-2019 de 23 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 762827941

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC335-2019 de 23 de Enero de 2019

Número de expedienteT 1100102040002018-01918-01
Fecha23 Enero 2019
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.W.Q.M.

Magistrado ponente

STC335-2019

Radicación n° 11001-02-04-000-2018-01918-01

(Aprobado en sesión de veintitrés de enero de dos mil diecinueve)

Bogotá, D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil diecinueve (2019).

Se decide la impugnación interpuesta por el accionante contra el fallo proferido el 27 de septiembre de 2018 por la Sala de Casación Penal de esta Corporación, dentro de la acción de tutela promovida por J. de J.V.A. contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín y el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de esa misma ciudad, a cuyo trámite fueron vinculados los sujetos procesales e intervinientes en el asunto en que se origina la queja constitucional.

ANTECEDENTES

El convocante, por intermedio de apoderado judicial, reclamó la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, presuntamente conculcados por las autoridades jurisdiccionales acusadas.

Suplicó, en síntesis, dejar sin efectos los autos de 7 de junio y 22 de agosto de 2018, por medio de los cuales el Juzgado y el Tribunal requeridos, respectivamente, no accedieron a la nulidad pedida por su defensa frente a la formulación de acusación y, en consecuencia, «se anule la audiencia de acusación…».

De la solicitud y las probanzas obrantes en el expediente, se extractan los siguientes hechos (folios 1 a 46; y cd-rom, cuaderno 1):

2.1. Ante el despacho judicial denunciado se adelanta proceso penal contra el actor, luego de que le fuera imputado el delito de «[c]oncierto para delinquir agravado con fines de homicidio, extorsión, desplazamiento forzado y tráfico de estupefacientes»[1], en diligencia concentrada de legalización de captura, imposición de medida de aseguramiento[2] y formulación de imputación de 7 de marzo de 2018.

El 7 de junio siguiente se celebró audiencia de formulación de acusación, en la que su defensa deprecó infructuosamente un control de legalidad, alegando como situación irregular que el escrito de acusación no contenía los «hechos jurídicamente relevantes» exigidos por el artículo 337 de la ley 906 de 2004.

Acto seguido rogó decretar la nulidad de la mentada actuación, a la que no accedió el juzgador en proveído dictado allí mismo, decisión confirmada por la colegiatura criticada mediante auto de 22 de agosto posterior, en sede de apelación.

Censuró el promotor que el despacho judicial omitió su deber de ejercer el control de legalidad respecto del escrito de acusación, en el que no existe una relación de los «hechos jurídicamente relevantes» que preconiza el numeral 2º del artículo 337 de la ley 906 de 2004, circunstancia que no valoró al desatar la nulidad invocada por ese mismo aspecto y que desatiende el principio de la congruencia, el derecho a defenderse, así como también pronunciamientos vertidos por el Órgano de Cierre en lo penal, entre otras, en la CSJ SP, 8 jun. 2011, rad. 34022, AP-2425-2015, rad. 45527...

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