Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº ATC049-2019 de 23 de Enero de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 762828069

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº ATC049-2019 de 23 de Enero de 2019

Número de expedienteT 8100122080002018-00023-02
Fecha23 Enero 2019
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.W.Q.M. Magistrado ponente ATC049-2019 Radicación n.° 81001-22-08-000-2018-00023-02 (Aprobado en sesión de veintitrés de enero de dos mil diecinueve) Bogotá, D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil diecinueve (2019). Correspondería decidir la impugnación interpuesta frente al fallo proferido el 21 de septiembre de 2018 por la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Arauca, en la acción de tutela instaurada por H.J.G.A. contra el Juzgado 2° Promiscuo Municipal, la Inspección Municipal de Policía, el Juzgado 2° Penal del Circuito y la Fiscalía Primera Seccional, todos de esa ciudad; si no fuera porque la Corte observa que en el trámite de la primera instancia se incurrió en causal de nulidad que afecta lo actuado. ANTECEDENTES 1. La accionante reclamó la protección de los derechos al debido proceso, a la igualdad, al acceso a la administración de justicia, a la «seguridad jurídica», y a la «propiedad», presuntamente conculcados por las autoridades acusadas. Solicitó, entonces, ordenar «a MARIO HINESTROZA ANGULO hacer entrega del lote de [su] propiedad, en los términos que ordena el fallo del JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL» (folio 6, cuaderno 1). 2. Son hechos relevantes para la definición del presente asunto los siguientes: 2.1. H.J.G.A. promovió demanda de restitución de inmueble arrendado en contra de M.H.A., que le correspondió al Juzgado 2º Promiscuo Municipal de Arauca, que el 14 de agosto de 2015 ordenó, entre otras cosas, la entrega de predio, comisionando para tal fin a la Inspección Municipal de Policía de esa ciudad. 2.2. Anotó el tutelante que conforme a lo anterior, la comisionada «intentó hacer el desalojo pero… H.A. cambió la nomenclatura de la casa», a fin de evitar cualquier procedimiento, situación que «lo obligó a iniciar… la cancelación de matrícula ante la Alcaldía»; destacó que tal anomalía la puso en conocimiento a la Fiscalía Primera Seccional, que «le inició proceso por el delito de fraude a resolución procesal, que está en etapa del juicio oral en el Juzgado Segundo Penal del Circuito». 2.3. Por vía de tutela, criticó el gestor, en síntesis, que el Juzgado 2° Promiscuo Municipal de Arauca y la Inspección Municipal de Policía, no han realizado las acciones pertinentes a fin de materializar la entrega del inmueble, pese a las sendas solicitudes efectuadas; resaltó que han transcurrido más de tres años, desde que el despacho profirió tal orden. El 10 de septiembre de 2018, la Sala Única del Tribunal Superior de Arauca admitió a trámite la presente acción supralegal (folio 34, cuaderno 1); posteriormente, negó el resguardo tras considerar que lo evidenciado revela que el actor «es quien con su actuar...

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