Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55258 de 6 de Mayo de 2019
Fecha | 06 Mayo 2019 |
Número de expediente | 55258 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR
MAGISTRADA PONENTE
Radicación n°. 55258
Bogotá, D.C., seis (6) de mayo de dos mil diecinueve (2019).
VISTOS
Se resuelve la impugnación interpuesta por KAROL L.C.L., contra la providencia del 30 de abril del presente año, mediante la cual, un Magistrado del Tribunal Superior de Bogotá negó el amparo de hábeas corpus.
ANTECEDENTES
KAROL L.C.L. acudió a la acción de habeas corpus con el objeto de que se le definiera su situación jurídica y en ese sentido, pidió que se adelantara el proceso de dosificación de su pena, en el proceso radicado 2014-00108.
LA PROVIDENCIA IMPUGNADA
La primera instancia negó la solicitud de habeas corpus, en razón a que la pretensión de la accionante de dosificación de la pena, no se resuelve a través de dicha acción. Además, el Juzgado 15 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, tiene programada la lectura de la sentencia para el 7 de mayo del año en curso, decisión contra la que procede el recurso de apelación.
De otro lado, advirtió que C.L. se encuentra privada de la libertad, en virtud de orden de autoridad judicial competente y no existe prolongación ilícita de su libertad.
LA IMPUGNACIÓN
Fue presentada por KAROL L.C.L., sin argumentación adicional1.
CONSIDERACIONES
1. La suscrita Magistrada es competente para conocer de la impugnación interpuesta contra la providencia del 30 de abril del presente año, en la cual un Magistrado del Tribunal Superior de Bogotá negó por improcedente la solicitud de hábeas corpus presentada por K.L.C.L., de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2° del artículo 7° de la Ley 1095 de 20062.
2. El artículo 30 de la Constitución Política consagra el derecho fundamental de hábeas corpus, mecanismo de protección que ha sido ampliamente reconocido en el ámbito internacional como un derecho intangible y de aplicación inmediata en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículos 8º y 9º), el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos (artículo 9º), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 7º), la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (artículo XXV), la Convención Americana de Derechos Humanos (artículo 27-2), instrumentos que en virtud del artículo 93 de la Carta integran el bloque de constitucionalidad.
3. La acción pública de hábeas corpus participa de una doble connotación: como derecho...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba