Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5714-2019 de 7 de Mayo de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 784221669

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5714-2019 de 7 de Mayo de 2019

Fecha07 Mayo 2019
Número de expedienteT 104219
MateriaDerecho Penal

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2

L.A.H.B.

Magistrado ponente

STP5714-2019

Radicación 104219

(Aprobado Acta No. 109)

Bogotá D.C., mayo siete (07) de dos mil diecinueve (2019).

VISTOS

Resuelve la S. la acción de tutela interpuesta por C.E.R.P., en contra del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Barranquilla y la S. Penal de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, trabajo y vida en condiciones dignas.

Al trámite fueron vinculados todas las partes e intervinientes dentro del proceso con radicado 080013120001201600016-00 seguido en contra del accionante.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

  1. Para lo que compete resolver en el presente asunto, del escrito de tutela y los documentos aportados al plenario la S. destaca los siguientes hechos jurídicamente relevantes:

    (i) Que ante el Juzgado Penal Especializado accionado cursó el proceso de extinción de dominio con radicado 080013120001201600016-00, el cual involucra el predio rural identificado con matrícula inmobiliaria 080-0030183, ubicado en el corregimiento de M., municipio de Santa Marta, de propiedad de C.E.R.P..

    (ii) Que mediante sentencia del 24 de febrero de 2017, el precitado despacho judicial decretó la extinción del derecho de dominio sobre ese bien, al haberse determinado que en el mismo se encontraban unas plantaciones de cultivos ilícitos.

    (iii) Que habiendo sido objeto de recurso de apelación, dicha decisión fue confirmada por la S. de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, a través de sentencia del 19 de abril de 2018.

    (iv) Que según el accionante, el juzgado demandado dio plena credibilidad a las pruebas presentadas por la fiscalía y desconoció los testimonios de varias personas que manifestaron que nunca habían visto un invernadero con siembra de marihuana en su propiedad, además de que, finalmente, no se le culpó de sembrar cultivos ilícitos, sino de haber descuidado sus tierras y permitir que eso sucediera, fundamento que sirvió para despojar de su propiedad a un inocente. Así mismo, alegó falta de defensa técnica, pues su abogado no aportó pruebas y, en todo caso, depositó ingenuamente su confianza en el profesional del derecho, de quien pensaba que estaba cumpliendo adecuadamente su trabajo

  2. En razón de lo anterior, la parte actora acude al Juez de tutela para que, en amparo de sus derechos fundamentales invocados, intervenga en el proceso de extinción de dominio con radicación 080013120001201600016-00 seguido en su contra y ordene la nulidad de las sentencias proferidas en primera y segunda instancia, para que se rehaga la actuación y pueda solicitar la práctica...

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