Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5685-2019 de 7 de Mayo de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 784221697

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5685-2019 de 7 de Mayo de 2019

Fecha07 Mayo 2019
Número de expedienteT 104297
MateriaDerecho Penal

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N.° 2

L.A.H.B.

Magistrado ponente

STP5685-2019

Radicación n.° 104297

Acta 109

Bogotá, D.C., siete (07) de mayo de dos mil diecinueve (2019).

VISTOS

Resuelve la Sala la acción de tutela instaurada por CLARA ESPERANZA TRUJILLO GAMA, contra la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

Al trámite fueron vinculados los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Salud y de la Protección Social, la Beneficencia de Cundinamarca, la Fundación San Juan de Dios en Liquidación, el Departamento de Cundinamarca, el Distrito Capital, el Juzgado 16 Laboral del Circuito de Bogotá y la Sala Laboral de del Tribunal Superior de la misma ciudad.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

De la demanda se establece que CLARA ESPERANZA TRUJILLO GAMA estuvo vinculada como trabajadora de la Fundación San Juan de Dios en el cargo de química especializada en el Instituto de Inmunología del 15 de marzo de 1993 al 19 de enero de 2001.

Indicó que promovió demanda ordinaria laboral contra la Fundación San Juan de Dios, con el propósito de que se declarara que entre la demandante y tal entidad, existió contrato de trabajo a término indefinido y, a causa de ello, se condenara a pagar a su favor las prestaciones sociales y convencionales dejadas de percibir, la indemnización moratoria por el despido indirecto e indexación y los aportes al Sistema de Seguridad Social adeudados.

El asunto correspondió por reparto al Juzgado 16 Laboral del Circuito de Bogotá que, mediante fallo del 26 de abril de 2006, condenó a los sujetos pasivos al pago indexado de los salarios, cesantías e intereses a las mismas y primas legales, así como a los aportes de salud y pensión y negó las demás pretensiones.

Inconforme con la anterior determinación la accionante la apeló y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá le impartió confirmación el 29 de septiembre de 2006.

En desacuerdo, su apoderado judicial recurrió en casación. Mediante pronunciamiento del 4 de febrero de 2009 la Sala de Casación Laboral no casó la sentencia del Tribunal.

En criterio de la demandante, en la sentencia SU-484 de 2008 la Corte Constitucional declaró la violación de los derechos fundamentales al trabajo, mínimo vital, vida y seguridad social de los trabajadores vinculados con la Fundación San Juan de Dios. Por tal razón, dispuso que las garantías al salario y las prestaciones sociales debían ser protegidas y...

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