Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5788-2019 de 7 de Mayo de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 785441829

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5788-2019 de 7 de Mayo de 2019

Número de expedienteT 104231
Fecha07 Mayo 2019
MateriaDerecho Penal

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER Magistrado Ponente STP5788-2019 R.icación N°. 104231 Acta No. 109

B.D.C., siete (7) de mayo de dos mil diecinueve (2019).

VISTOS

Se pronuncia la Sala sobre la demanda de tutela instaurada por A.I.P.F. contra el Consejo S. de la Judicatura y la Dirección Administrativa Judicial de Norte de Santander, ante la supuesta vulneración de sus derechos fundamentales, al trámite fueron vinculadas la Unidad de Administración de la Carrera Judicial del Consejo Superior de la Judicatura, la Red Colombiana de Instituciones de Educación Superior y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial Bogotá.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

A.I.P.F. indicó que se inscribió para el cargo de Asistente Administrativo de Centro, Oficinas de Servicio y Apoyo en la Convocatoria N°.4[1] de “Empleados de tribunales, juzgados y centros de servicios” de los distritos de Cúcuta, Pamplona, Arauca y Administrativo de Norte de Santander y Arauca.

Mediante Resolución CSJNS18-037 de 23 de octubre de 2018, fue rechazado por no acreditar los requisitos mínimos establecidos, por lo que no se encuentra conforme, dado que al revisar el Acuerdo de la convocatoria considera que cumplió con las exigencias para ejercer el cargo ofertado, cumpliendo así con todos los requisitos formales y exigidos para el mismo.

Por lo anterior, indicó se acercó a la Secretaría del Consejo Superior de la Judicatura en busca de una asesoría para conocer las causas de su eliminación, sin embargo le señalaron que esto podría deberse a fallas en el aplicativo, lo que de manera automática lo eliminó de la convocatoria.

Instaura acción de tutela por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso, igualdad, acceso a concursos de méritos, entre otros, se reconozca su inscripción y postulación al cargo y atendiendo al cumplimiento de los requisitos generales y específicos para tal, se ordene al Consejo Superior de la Judicatura de Norte de Santander su inclusión en la lista de admitidos para el concurso de méritos destinado a la conformación de lista de elegibles para la provisión de cargos en los tribunales, juzgados y centros de servicios de los distritos de Cúcuta, Pamplona y Arauca y Administrativo de Norte de Santander y Arauca.

TRÁMITE Y RESPUESTA

DE LAS AUTORIDADES ACCIONADAS

  1. Mediante auto de 23 de abril del presente año, se avocó conocimiento de la acción de tutela, luego de que a través de la providencia ATL526-2019, R.. 83883 de 20 de marzo de 2019 se declarara la nulidad de todo lo actuado, dejando con validez las pruebas obrantes en el expediente.

    En la misma fecha, se negó la medida provisional solicitada por la accionante, por cuanto no se acreditó la existencia de un perjuicio inminente.

  2. El Presidente del Consejo S. de la Judicatura de Norte de Santander, señaló que mediante los Acuerdos CSJNS17 N°. 395, 396, 411 y 418 del 4, 6, 19 y 23 de octubre de 2017, respectivamente, se convocó y reglamentó el concurso de méritos para la provisión de los cargos de empleados de carrera de Tribunales, Juzgados y Centros de Servicios de los distritos judiciales Cúcuta, Pamplona y Arauca y Administrativos de Norte de Santander y Arauca.

    Agregó que el accionante se inscribió para el cargo de Asistente Administrativo de Centro, Oficinas de Servicio y de Apoyo grado 5, para el cual los requisitos son: «tener título en educación media, acreditar conocimientos en técnicas de oficina y/o sistemas y tener dos (2) años de experiencia relacionada»

    Explicó que la Unidad de Administración de la Carrera Judicial del Consejo Superior de la Judicatura remitió el listado de los aspirantes admitidos y rechazados, por lo que se publicó en el portal de la Rama...

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