Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5732-2019 de 7 de Mayo de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 785441909

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5732-2019 de 7 de Mayo de 2019

Fecha07 Mayo 2019
Número de expedienteT 104233
MateriaDerecho Penal

L.A.H.B.

Magistrado ponente

STP5732-2019

Radicación 104233

(Aprobado Acta No. 109)

Bogotá D.C., siete (07) de mayo de dos mil diecinueve (2019).

VISTOS

Resuelve la S. la acción de tutela instaurada por L.G.O.C. en procura del amparo de sus derechos fundamentales, presuntamente vulnerados por el Juzgado 54 Penal del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento.

Al trámite fueron vinculadas la S. Penal del Tribunal Superior de Bogotá y las partes e intervinientes del proceso penal rad. 11001-60-00-000-2011-00651-00 seguido contra el accionante.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

Según se extrae de la actuación, L.G.O.C. se encuentra privado de la libertad desde el 22 de septiembre de 2015, con ocasión de una medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento de reclusión que fue impuesta dentro del proceso penal que se adelanta en su contra por la presunta comisión de los delitos de fraude procesal y falsedad en documento privado.

El 5 de mayo de 2016, la Fiscalía presentó ante el Juez de Conocimiento un preacuerdo celebrado con el accionante, de ahí que, el 21 de julio del mismo año fue emitida sentencia de primera instancia, la cual fue apelada por la defensa técnica.

El 16 de diciembre de 2016 la S. Penal del Tribunal Superior de Bogotá, declaró prescrita la acción penal en relación con el delito de falsedad en documento privado y modificó la sentencia en el sentido de imponer al actor 85 meses de prisión como coautor responsable del delito de fraude procesal, le impuso las correspondientes sanciones no privativas de la libertad y le negó la prisión domiciliaria.

Inconforme con la anterior decisión el accionante interpuso el recurso extraordinario de casación en el mes de marzo de 2017.

L.G.O.C. indicó en la demanda de tutela que el 28 de enero de 2019 fue notificado de la decisión por medio de la cual el Juzgado 54 Penal de Circuito de Bogotá con funciones de conocimiento le negó la libertad por vencimiento de términos, según lo afirma, de manera irregular, ya que tanto el juzgado accionado como el Tribunal Superior de Bogotá no tuvieron en cuenta el tiempo que ha estado a disposición de la Corte Suprema de Justicia con ocasión del recurso extraordinario de casación que interpuso contra la sentencia de segundo grado.

Sostuvo que las dos instancias omitieron dar aplicación a los arts. 7º de la Ley 906 de 2004 y 29 de la Constitución Política, en lo que respecta a la presunción de inocencia frente al tratamiento de una persona mientras no quede en firme la decisión judicial sobre su responsabilidad penal.

Adujo que los demandados se “limitaron a basar sus decisiones en jurisprudencia a su vez fundamentada en normas de inferior jerarquía, tal es el caso de la sentencia 49734 de 24 de julio de 2017 de...

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