Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002019-01405-00 de 14 de Mayo de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 785442201

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002019-01405-00 de 14 de Mayo de 2019

Fecha14 Mayo 2019
Número de expedienteT 1100102030002019-01405-00
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil



LUIS ALONSO RICO PUERTA

Magistrado Ponente


STC5938-2019

Radicación n° 11001-02-03-000-2019-01405-00

(Aprobado en sesión del catorce de mayo de dos mil diecinueve)


Bogotá, D.C., catorce (14) de mayo de dos mil diecinueve (2019).

Decide la Corte la acción de tutela promovida por Cristian Vásquez Arias contra la S. Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de P., trámite al cual fueron citados las partes e intervinientes en el litigio nº 2016-00608-02.


ANTECEDENTES

1. Actuando en su propio nombre, el reclamante solicita se le proteja el derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por la autoridad judicial convocada al disponer la acumulación de acciones populares en segunda instancia.



2. Expuso que «actuo (sic) en la acción popular 2016-608-02, donde el Mg Duberney Grisales H, acumula mis acciones populares en 2 instancia, pese a que la única norma que permite acumulación de procesos, solo lo permite hacer en 1 instancia y hasta antes de fijar fecha para audiencia de pacto o conciliación únicamente», y que «al no existir norma en derecho que permitiera dicha acumulación, nunca la pudo realizar el magistrado tutelado, so pena [de] desconocer el ordenamiento jurídico legal y vigente, además de vulnerar [el] art 29 CN».


3. Pretende se «consigne la norma en derecho que le permitio (sic) DAR acumulación en 2 instancia de mis acciones populares; SE DECRETE NULIDAD DE LA SENTENCIA al existir una indebida acumulación (…) y se ordene su tramite (sic) por separado». Además, solicitó la expedición de «COPIAS FÍSICAS GRATIS Y ESCANEADAS A MI CORREO DE TODA LA ACCIÓN DE TUTELA» (fl. 1).


RESPUESTA DE LA ACCIONADA


El magistrado ponente dentro del pleito en cuestión, remitió copia del auto que dispuso la acumulación y del que resolvió el recurso de reposición (fls. 18 a 20 y 28).


CONSIDERACIONES


  1. Problema jurídico.


Corresponde a la Corte establecer si la S. Civil Familia del Tribunal Superior de P., vulneró las prerrogativas invocadas por el querellante, al acumular la acción popular nº 2016-00608-02 por él impetrada a la radicada bajo el nº 2016-00595, para efectos de su resolución en segundo grado.

2. De la tutela contra providencias judiciales y de los requisitos genéricos de procedibilidad.


Acorde a los criterios jurisprudenciales de esta Corporación, se ha dicho y reiterado, en línea de principio, que la acción en comento no procede...

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