Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 0500022130002019-00028-01 de 11 de Abril de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 785448209

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 0500022130002019-00028-01 de 11 de Abril de 2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Antioquia
Fecha11 Abril 2019
Número de sentenciaSTC4578-2019
Número de expedienteT 0500022130002019-00028-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil



AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente


STC4578-2019

Radicación n° 05000-22-13-000-2019-00028-01

(Aprobado en sesión de diez de abril de dos mil diecinueve).


Bogotá, D.C., once (11) de abril de dos mil diecinueve (2019).


Se decide la impugnación formulada por la accionante, frente al fallo proferido el 28 de febrero de 2019 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia en la acción de tutela promovida por el Petrocasinos S.A. contra el Juzgado Civil del Circuito de Puerto Berrio, trámite al que fueron vinculados todos los intervinientes en la actuación criticada.


ANTECEDENTES


1. La promotora del amparo, a través de apoderado judicial, reclamó protección constitucional de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y contradicción, que dice vulnerados por la autoridad judicial accionada, por lo que pidió «dejar sin efecto… la sentencia de tutela de… fecha 13 de febrero de 2019»; por tanto, se le «exonere de toda acción y responsabilidad… y se declare improcedente la acción de tutela impetrada por Yesenia Cordero Zabala».


2. Son hechos relevantes para la definición de este asunto los que a continuación se sintetizan:


2.1. Y.C.Z. promovió una primera acción de tutela en contra de Petrocasinos S.A., con la finalidad de que se le ordenara su «reintegro a un cargo de igual o superior jerarquía» y «pagar los salarios, prestaciones sociales y compensaciones dejadas de percibir, así como los aportes a seguridad social, correspondientes a salud y pensión».


2.2. Mediante sentencia del 14 de enero de 2019, el Juzgado Promiscuo Municipal de Yondó (Antioquia) negó el resguardo, decisión que impugnó su promotora, siendo revocada por la sede judicial enjuiciada, a través de providencia del 13 de febrero de estas mismas calendas, para en su lugar, conceder la protección suplicada.


2.3. Criticó la gestora de este amparo que el fallo de tutela de segunda instancia «carece de sustento fáctico, legal y probatorio…, no ajustado a derecho», habida cuenta que no se reunían los presupuestos necesarios para acceder a las pretensiones que elevó su antagonista en su contra.




RESPUESTAS DE LOS ACCIONADOS Y VINCULADOS


1. El Juzgado Civil del Circuito de Puerto Berrio remitió copia de la actuación atacada y precisó que «a la parte accionante no se le ha vulnerado ningún derecho fundamental con ocasión del trámite y providencia proferida dentro de la...

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