Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº T 104343 de 27 de Mayo de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 788754481

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº T 104343 de 27 de Mayo de 2019

Número de expedienteT 104343
Fecha27 Mayo 2019


EYDER PATIÑO CABRERA

Magistrado ponente


ATP792-2019

Radicación n° 104343

Acta 128.


Bogotá, D.C., veintisiete (27) de mayo de dos mil diecinueve (2019).



I VISTOS


Sería del caso resolver la impugnación presentada por Jorge Luis González Anaya, contra el fallo proferido el 11 de marzo del año en curso, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, quien negó la acción de tutela interpuesta en protección de los derechos al debido proceso, a la igualdad, a la defensa y a la libertad, presuntamente vulnerados por el Juzgado Quinto Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de esa ciudad, trámite al que fueron vinculados los Despachos Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías, Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, la F.ía Séptima Local, todos del citado ente territorial y la Defensoría del Pueblo Seccional Atlántico, de no ser porque se observa que en primera instancia se incurrió en causal de nulidad, como pasa a examinarse.



II. HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


  1. El 10 de junio de 2015, ante el Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Barranquilla, se llevaron a cabo las audiencias concentradas de legalización de captura y formulación de imputación contra Jorge Luis González Anaya, última donde ese ciudadano se allanó a los cargos que la F.ía le endilgó por el delito de hurto calificado agravado.


  1. Posteriormente, el expediente fue asignado al Despacho Quinto Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad, autoridad que, luego de varios aplazamientos, el 27 de diciembre de 2016 celebró diligencia de verificación de allanamiento, dictó sentido del fallo y corrió el traslado de que trata el artículo 447 de la Ley 906 de 20041.


En la misma sesión, condenó al mencionado ciudadano por la conducta punible antes referida, a la pena de 55 meses de prisión y le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

  1. Actualmente se encuentra privado de la libertad en Establecimiento Penitenciario de esa localidad.


  1. Jorge Luis González Anaya acude a la acción de tutela con fundamento en que, durante el trámite del proceso penal:


  1. No se le informó sobre las consecuencias jurídicas del allanamiento a cargos. Enfatiza que no recibió la debida asesoría por parte del defensor público asignado.


  1. No fue convocado a las audiencias que, con ocasión de la aceptación, celebró el Juzgado de Conocimiento y, por tanto se «dictó la sentencia condenatoria […] sin mi presencia». Con lo que, asegura, además, se le negó la posibilidad de debatir al interior del proceso, la irregularidad advertida en el anterior numeral.

  1. Su no citación a la mencionada diligencia, le coartó la posibilidad de indemnizar a las víctimas y, con ello, obtener una rebaja de pena.


  1. En el acta de la audiencia practicada ante el Juez de Conocimiento, se plasmó que la persona condenada corresponde a «José Luis González Anaya», una diferente a él, cuyo nombre es Jorge Luis González Anaya.


  1. No contó con una adecuada defensa técnica.


III. PRETENSIONES


El accionante solicita se imparta orden de «reanudar correctamente el proceso y, en su defecto, pueda gozar de una libertad plena y sin condiciones»2



IV. INTERVENCIONES


  1. F.ía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR